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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Lunes, 5 de septiembre de 2016 Pág. 39179

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Barro (expediente IN407A 2016/84-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: subestación Barro 66/20 kV.

Situación: Barro.

Características técnicas: subestación compuesta por dos transformadores de intemperie 66/20 kV de 12 mVA de potencia cada uno, en aislamiento de aceite y un edificio cubierto donde se instala el parque de 66 kV, y el parque de 20 kV, mediante celdas blindadas aisladas en SF6, y los servicios auxiliares con su cuadro para distribución, baterias, cableados y dos transformadores de servicios auxiliares de 160 kVA cada uno, con RT 20 kV/420 V, y su protección correspondiente.

La instalación está situada en el polígono industrial SRAU Outeda-Curro, en el ayuntamiento de Barro.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, DOG nº 54, de 19 de marzo, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 12 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 5 de agosto de 2016

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra