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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Jueves, 1 de septiembre de 2016 Pág. 38809

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 5 de agosto de 2016 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo del Plan Foexga 2016-2017, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva.

BDNS (identif.): 315401.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que sean sociedades mercantiles que cumplan la definición de pyme según el anexo I del Reglamento núm. 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio), de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado UE.

b) Que tengan algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del Igape IG192.

d) Que estén al corriente en sus obligaciones con la Hacienda pública, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social y no ser consideradas empresas en crisis. A estos efectos de empresa en crisis conviene tener en cuenta la definición de empresa en crisis que para las pymes aparece en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento núm. 651/2014, de la Comisión.

e) Que cumplan la normativa de ayudas de minimis según lo previsto en el Reglamento (UE) núm. 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), para las empresas del sector pesquero en el Reglamento (CE) núm. 717/2014, de la Comisión, de 27 de junio, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura (DOUE L 190, de 28 de junio) y para las empresas del sector agrícola en el Reglamento 1408/2013, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (DOUE L 352, de 24 de diciembre).

f) Que estén al corriente de pagos adeudados a las cámaras.

g) Que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser beneficiario de la ayuda, y cumplan las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.

Segundo. Objeto

1. Aprobar las condiciones por las que se regirá la concesión de ayudas por parte del Igape para el desarrollo y ejecución del Plan de fomento de las exportaciones gallegas (en adelante, Plan Foexga), con la finalidad de incentivar y estimular el comercio exterior gallego y la internacionalización de las pymes gallegas, así como para la selección de entidades colaboradoras que participan en su gestión.

2. El objetivo principal del Plan Foexga es conseguir la internacionalización real de las pymes gallegas y propiciar la comercialización de sus bienes y servicios en los mercados exteriores.

3. Las actuaciones que engloban el Plan Foexga están dirigidas a:

a) Aumentar la base de empresas exportadoras.

b) Fomentar y consolidar la presencia de empresas gallegas en los mercados internacionales.

c) Conseguir una mayor diversificación tanto sectorial como geográfica de las exportaciones, incorporando nuevos mercados y productos a los procesos de internacionalización de las empresas gallegas.

d) Difundir la cultura de la internacionalización como herramienta de progreso y competitividad.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 5 de agosto de 2016 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo del Plan Foexga 2016-2017, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva.

Cuarto. Importe

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741A.7708, por un importe de 200.000 € con cargo al ejercicio 2016 y por un importe de 1.300.000 € con cargo al ejercicio 2017.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a los 5 días hábiles después de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 31 de octubre de 2016 excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Santiago de Compostela, 5 de agosto de 2016

Pablo Casal Espido
Secretario general del Instituto Gallego de Promoción Económica