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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Viernes, 26 de agosto de 2016 Pág. 38033

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 11 de agosto de 2016 por la que se establecen las ayudas económicas a las familias para la atención a domicilio de niñas y niños menores de 3 años a través del programa Bono cuidado y se procede a su convocatoria.

BDNS (Identif.): 315294.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas del programa Bono cuidado los padres/madres, tutores/as, o las personas acogedoras de niños/as menores de tres años residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentren en los supuestos siguientes:

a) Tener una niña o un niño nacida/o con posterioridad al 31 de diciembre de 2013 respecto de la anualidad 2016 y con posterioridad al 31 de diciembre de 2014 respecto de la anualidad 2017.

b) Que la renta de la unidad familiar, entendida como la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro, no supere los 45.000 € o los 13.500 € per cápita. A estos efectos se tendrá en cuenta la declaración del IRPF del año 2014 respecto de la anualidad 2016 y del año 2015 respecto de la anualidad 2017.

2. Además, las personas beneficiarias tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las familias con niñas y niños menores de tres años que tengan su residencia en Galicia y necesiten un recurso personalizado a domicilio para cubrir necesidades puntuales derivadas de la conciliación de las obligaciones laborales y personales y las responsabilidades familiares, así como, proceder a su convocatoria.

Tercero. Tipo de ayuda

La ayuda consistirá en una aportación económica cuya cuantía estará en función de la renta per cápita de la unidad familiar, para contribuir al pago del importe de servicios de atención a la infancia a domicilio.

Cuarto. Bases reguladoras

Orden de 11 de agosto de 2016 por la que se establecen las ayudas económicas a las familias para la atención a domicilio de niñas y niños menores de 3 años a través del programa Bono cuidado y se procede a su convocatoria.

Quinto. Importe

A las ayudas objeto de esta convocatoria se destina un presupuesto total de tres millones de euros (3.000.000 €) que se imputará a la aplicación presupuestaria 12.02.312B.480.1, distribuido en dos anualidades, correspondiendo setecientos cincuenta mil euros (750.000 €) a 2016 y dos millones doscientos cincuenta mil euros (2.250.000 €) a 2017.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes de ayuda podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 30 de septiembre de 2017.

Santiago de Compostela, 11 de agosto de 2017

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social