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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Viernes, 19 de agosto de 2016 Pág. 37046

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 26 de julio de 2016 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a proyectos de formación Industria 4.0, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

BDNS (Identif.): 314719

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Los organismos intermedios de carácter empresarial de Galicia. Se entenderán como tales a efectos de estas ayudas:

a) Las entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, que pertenezcan a una de las siguientes categorías: asociaciones empresariales, fundaciones empresariales o universidad-empresa, colegios profesionales, consejos reguladores de denominaciones de origen o clústeres empresariales apoyados en el ámbito de las ayudas a las agrupaciones (clústeres) innovadoras convocadas por Resolución de 28 de junio de 2013 (DOG núm. 127, de 5 de julio) o que tengan la calificación de AEI (agrupaciones empresariales innovadoras) otorgada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

b) Los centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica domiciliados en Galicia y que estén inscritos en el registro establecido al efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros (BOE núm. 20, de 23 de enero de 2009).

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto incentivar la formación del capital humano, favoreciendo la cooperación empresarial y el aprovechamiento de sinergias entre varias empresas.

El Igape podrá conceder subvenciones a fondo perdido a los siguientes tipos de proyectos promovidos y desarrollados por organismos intermedios para mejorar la capacitación del equipo humano en las empresas:

a) Proyectos de capacitación en estas tecnologías, metodologías o técnicas relacionadas con la Industria 4.0: robotización y robotización colaborativa; fabricación aditiva; sensórica y actuadores mecatrónicos; sistemas ciberfísicos; automatización total o extendida; intercomunicación máquina-máquina; conectividad total o extendida; vehículos autónomos (optimización de flujos y reducción de costes); personalización de productos; internet de las cosas, internet de los equipos y máquinas; digitalización; big data, cloud computing y ciberseguridad; logística 4.0 para la integración total de la cadena de suministros con la interconexión de sistemas y máxima coordinación de los procesos logísticos; modelado y simulación de procesos industriales, operativos y logísticos.

b) Proyectos de capacitación en gestión y organización empresarial dirigidos preferentemente a la capacitación de mandos intermedios: organización industrial, liderazgo de proyectos, protocolos de cooperación interempresarial, utilización de herramientas de bussines intelligence y de vigilancia tecnológica, cocreación de productos, nuevos modelos de negocio, eficiencia energética.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 26 de julio de 2016 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a proyectos de formación Industria 4.0, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Importe

Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741A.4805 y por un importe de 513.000 € con cargo al ejercicio 2016 y de 187.000 € con cargo al ejercicio 2017.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de julio de 2016

Pablo Casal Espido
Secretario general del Instituto Gallego de Promoción Económica