Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Jueves, 18 de agosto de 2016 Pág. 36872

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (324/2015).

Yo, Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 324/15 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Purificación López Marzán contra Assislugo, S.L.L. y Serviaxuda Lugo, S.L.U., sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda presentada por María Purificación López Marzán, representada por el letrado Sr. Vázquez Díaz, contra Serviaxuda Lugo, S.L.U., representada por Juan Carlos Pumares Martínez y defendida por el letrado Sr. Méndez Marote, y Assislugo, S.L.L., que no compareció pese a constar su citación en legal forma y, en consecuencia:

– Declaro improcedente el despido con efectos desde el 10 de marzo de 2015.

– Condeno solidariamente a las empresas demandadas a que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución opten, comunicándoselo a este juzgado (entendiéndose que procede la readmisión en el supuesto de no optar), por una de las dos posibilidades siguientes:

• La readmisión de la actora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido y el abono de salarios de tramitación desde el 10 de marzo de 2015 hasta la fecha de notificación de la presente resolución, a razón de 31,05 euros diarios.

• El abono de indemnización por importe de 13.638,71 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer, ante este juzgado, recurso de suplicación a resolver por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Y para que sirva de notificación en forma a Assislugo, S.L.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Lugo, 21 de julio de 2016

El secretario judicial