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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Miércoles, 10 de agosto de 2016 Pág. 35676

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (3576/2015).

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3576/2015-S-A de esta sección, seguido a instancia de Luis Nilo Sánchez Gómez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y Antolín González Jofre, sobre accidente de grado, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación formulado por el actor Luis Nilo Sánchez Gómez, contra la Sentencia de 20 de mayo de 2015, dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de los de Pontevedra, en autos 4/2013, seguidos por el referido recurrente frente a los demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Antolín González Jofre, sobre revisión de invalidez derivada de accidente de trabajo, debemos confirmar y confirmamos íntegramente la resolución recurrida.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el banco de Santander (Banexto) con el nº 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Para que sirva de notificación en legal forma a Antolín González Jofre, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de junio de 2016

La letrada de la Administración de justicia