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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 4 de agosto de 2016 Pág. 34643

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (415/2013).

PO Procedimiento ordinario 415/2013

Procedimiento origen: /

Sobre ordinario

Demandante: Esteban Fariñas López

Demandados: Xanela Arquitectura en Aluminio, S.L., Fogasa

Abogado/a: Fogasa

Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber:

Que en el procedimiento ordinario 415/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Esteban Fariñas López contra Xanela Arquitectura en Aluminio, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice así:

«Parte dispositiva

Acuerdo:

– Admitir a trámite la demanda presentada y, en consecuencia:

– Citar a las partes y, toda vez que la demandada Xanela Arquitectura en Aluminio, S.L., esta desconocida, cítese por edictos, cítese también al Fogasa para que comparezcan el día 2.11.2016 a las 10.05 horas en planta baja, sala 1, Edif. calle Berlín, para la celebración del acto de conciliación ante el/la letrado/a de la Administración de justicia y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el día 2.11.2016 a las 10.10 horas en planta baja, sala 1, Edif. calle Berlín, para la celebración del acto de juicio ante el/la magistrado/a.

– Se advierte a la parte demandante que, en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía.

– Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la LJS, paso dar cuenta al juez.

Al otrosí, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de abogado/a o graduado social a los efectos del artículo 21.2 de la LJS. y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, artículo 53 de la LJS.

– Antes de la notificación de esta resolución a las partes, paso a dar cuenta a SSª del señalamiento efectuado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia»

Y para que sirva de notificación y citacion en legal forma a Xanela Arquitectura en Alumunio, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2016

La letrada de la Administración de justicia