El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el 6 de mayo de 2016, dictó resolución por la que se da traslado del acuerdo de ejecución subsidiaria de orden de demolición 71.14/00, por la realización de obras ejecutadas dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, consistentes en la construción de viviendas en línea, en el lugar de Chancelas, término municipal de Poio (Pontevedra).
Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución a Urdefin, S.L., mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a los interesados dicha resolución mediante un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se les comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 14 de julio de 2016
José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística