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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 19 de julio de 2016 Pág. 31356

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 85/2016, de 30 de junio, por el que se aprueba el cambio de titularidad de varios tramos de la Red autonómica de carreteras de Galicia a favor del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños solicitó a la Consellería de Infraestructuras y Vivienda el cambio de titularidad de tramos de carreteras autonómicas a su paso por el término municipal.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de varios tramos de carreteras de la Red Autonómica de Galicia a favor del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, por propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día treinta de junio de dos mil dieciséis,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños de:

– Carretera AC-414:

• pp.qq. del 7+180 al 9+190, longitud 2,01 km.

• pp.qq. del 11+220 al 12+390, longitud 1,17 km.

• pp.qq. del 13+490 al 14+730, longitud 1,24 km.

– Tramo de la carretera AC-422. pp.qq. 0+000 al 0+840, longitud 0,84 km.

– Resto antiguo situado entre el p.k. 1+610 de la AC-422 y el p.k. 1+930 de la AC-419, longitud 0,50 km.

– Elementos auxiliares de la carretera AC-418 situados entre los pp.qq. 15+120 y 16+350 (zona delimitada entre la línea exterior de delimitación de la calzada y el límite del dominio público).

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere el presente decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Le corresponderán al Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, treinta de junio de dos mil dieciséis

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda