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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Viernes, 15 de julio de 2016 Pág. 30771

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 22 de junio de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de vehículos taxi adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi), y se convocan para el ejercicio 2016.

BDNS (Identif.): 310536

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas titulares de autorizaciones administrativas de transporte vigentes, documentadas en tarjetas de la serie VT-N, expedidas por la Dirección General de Movilidad o por los servicios de Movilidad.

Para generar derecho a la ayuda, las autorizaciones deberán ajustarse a las siguientes reglas:

a) Tendrán que estar domiciliadas en Galicia.

b) Deberán estar vigentes en el momento de la presentación de la solicitud.

c) Generará derecho a la ayuda cada una de las autorizaciones de las que sea titular el solicitante.

Segundo. Objeto

1. El objeto de esta orden es fijar las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los titulares de autorizaciones de transporte de la serie VT-N para la adquisición de vehículos taxi adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi).

2. Asimismo, por medio de esta orden se convocan dichas subvenciones para el año 2016.

3. En concreto, podrán ser objeto de subvención los vehículos nuevos que se adquieran en el ejercicio 2016 hasta la fecha establecida en esta orden para justificar la ayuda.

4. El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 22 de junio de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de vehículos taxi adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxi), y se convocan para el ejercicio 2016.

Cuarto. Importe

La concesión de las ayudas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.512A.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2016, por un importe de 400.000 euros.

La ayuda por vehículo será de 10.000 euros.

Las ayudas contempladas en esta orden quedan sujetas al Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE de 24 de diciembre, L352/1). La cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa no podrá exceder de 200.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales. Este umbral se aplicará independientemente de la forma de la ayuda o del objetivo perseguido.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 14 de octubre de 2016, a no ser que se produzca el supuesto de agotamiento previo del crédito.

Sexto. Otros datos

La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado con el código de procedimiento IF303A disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/chave365).

Este modelo irá acompañado, además, de la documentación relacionada en el artículo 6, que deberá anexarse necesariamente en formato electrónico. Para esto, en el proceso de presentación electrónica se permitirá anexar a la solicitud los archivos informáticos necesarios (en formato pdf, odt, ods, doc, xls, docx, xlsx, jpg, png, tiff y bmp).

Santiago de Compostela, 22 de junio de 2016

Joaquín Macho Canales
Secretario general técnico de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda