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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Miércoles, 13 de julio de 2016 Pág. 30086

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 89/2014).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 89/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marta Teresa Otero Calvete contra la empresa século XXI A.E., S.L., con intervención de Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen:

«Sentencia.

A Coruña, veinte de junio de dos mil dieciséis

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 89/2014, siendo parte, de un lado, como demandante, María Teresa Otero Calvete, asistida por el letrado Julio Portela Torrón, y como demandado Século XXI A.E., S.L., que no comparece, y Fogasa, que no comparece, sobre salarios, ha pronunciado en nombre del rey la siguiente sentencia

Fallo.

Que, estimando la demanda interpuesta por la actora María Teresa Otero Calvete, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Século XXI A.E., S.L. a que abone a la actora la cantidad de 6.536,42 euros por los conceptos reclamados en demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco de Santander de esta ciudad.

E igualmente deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Século XXI A.E., S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 20 de junio de 2016

La letrada de la Administración de justicia