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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Miércoles, 22 de junio de 2016 Pág. 25881

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2016, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se le da publicidad a las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 4 de junio de 2015, por la que establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad trasnacional juvenil (Galeuropa) con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2015.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 19.2 de la Orden de 4 de junio de 2015, por la que establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad trasnacional juvenil (Galeuropa) con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2015, se resuelve proceder a la publicación de las subvenciones concedidas que se indican en el anexo de esta resolución.

Objeto:

Establecer las bases reguladoras que regirán los procedimientos de concesión de ayudas para proyectos de movilidad trasnacional dirigido a jóvenes menores de 25 años, o menores de 30 si tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, para la realización de prácticas formativas no remuneradas en entidades/empresas públicas o privadas de países europeos, y proceder a su convocatoria para el año 2015, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil.

Finalidad:

Reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de los/las chicos/as no ocupados/as y no integrados/as en los sistemas de educación o formación, contribuyendo a la mejora de su formación mediante la adquisición de experiencia profesional para su incorporación al mercado de trabajo, al tiempo que se apoya la adquisición de competencias en idiomas extranjeros.

Estas ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Beneficiarios/as:

Las personas y entidades beneficiarias de esta ayuda varían en función del procedimiento de que se trate:

BS324A. Jóvenes individualmente.

BS324B. Entidades sin ánimo de lucro, con sede permanente o domicilio social en Galicia, que desarrollen actividades en el campo de la juventud.

BS324C. Ayuntamientos, agrupaciones de ayuntamientos o mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Galicia válidamente constituidas, así como las entidades resultantes de la fusión de municipios a que se refiere la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Destinatarios de la movilidad trasnacional juvenil:

Jóvenes inscritos en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la comunidad autónoma de Galicia.

Norma reguladora: Orden de 4 de junio de 2015, por la que establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad trasnacional juvenil (Galeuropa) con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (Diario Oficial de Galicia número 111, de 15 de junio).

Financiación y aplicación presupuestaria:

Estas ayudas están cofinanciadas por la Iniciativa de empleo juvenil y por el Fondo Social Europeo en un porcentaje del 91,89 %.

La distribución inicial de créditos se fija de la siguiente manera:

BS324A: 444.895,19 € con cargo a la aplicación 11.06.313A.480.0.

BS324B: 346.794,08 € con cargo a la aplicación 11.06.313A.481.0.

BS324C: 208.076,45 € con cargo a la aplicación 11.06.313A.460.0.

Conforme a lo establecido en el artículo 28.3, que recoge la posibilidad de reasignar créditos en caso de que se produzcan remanentes en alguna de las aplicaciones, con las cuantías sobrantes en los procedimientos BS324A y BS324C, se hicieron dos ampliaciones de crédito en el procedimiento BS324B (aplicación 111.06.313A.481.0), resultando un total de crédito de 633.191,44 €.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2016

Cecilia Vázquez Suárez
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO
Subvenciones concedidas programa Galeuropa 2015

A) Procedimiento BS324A: 444.895,19 €

Aplicación 11.06.313A.480.0

Jóvenes individualmente

Nombre

Apellidos

Cuantía

Eva

Almeida Álvarez

3.769,00 €

José Luis

Álvarez Borrageiros

2.825,00 €

Andrés

Álvarez Gómez

3.850,00 €

Lorenzo

Antelo Boga

2.536,00 €

Rafael

Barbosa Mariño

3.769,00 € (*)

Paula

Barreiro Díaz

2.534,00 €

Anxo

Barros Moure

3.769,00 €

Pablo

Bescansa García

2.877,00 €

Manuel

Bescansa García

3.353,00 € (*)

Jaime

Bescansa García

2.877,00 €

David

Blanco Aguilar

2.675,00 €

Darwin Alessandro

Bolívar Zullo

3.125,00 € (*)

Iris

Borrajo Méndez

2.825,00 €

Lidia María

Cambón Periscal

3.769,00 €

Candela María

Camiño López

3.619,00 €

Paloma

Castro Martínez

3.769,00 € (*)

Saleta

Chao Rivas

3.619,00 € (*)

Marta

Cuenca López

2.534,00 €

Varinia María

Dóce Silva

2.384,00 €

Marta

Domínguez Díez

3.769,00 €

Iago

Fernández Álvarez

3.769,00 €

Eva

Fernández Fernández

3.619,00 €

Cristina

García Cao

3.769,00 €

Lorena

Garea Rodríguez

3.769,00 € (*)

Raquel

González de la Fuente

2.534,00 €

Elena

Iglesias Durán

2.919,00 € (*)

Lorena

Iglesias Duro

3.769,00 €

Giselle

Jonte Beceiro

3.769,00 €

Adrián Alexander

Lama García

3.125,00 € (*)

Tamara

Lamela Varela

3.769,00 €

Manuel Adrián

López Candamio

3.769,00 € (*)

Marta

López Pallares

3.769,00 € (*)

Natalia

López Prieto

2.919,00 €

Andrea

Loureiro Pichel

2.686,00 €

Breixo

Martins Rodal

2.384,00 €

Paula

Méndez Casais

2.534,00 €

Mercedes María

Mira Costa

3.769,00 €

María

Mira Romero

3.769,00 € (*)

Olaya

Naveira Souto

3.125,00 €

Tatiana

Nieto Fontán

3.262,00 €

Naira

Pampillón González

3.769,00 € (*)

Diego

Paz Rodríguez

3.619,00 €

Nuria

Pazos Hermida

3.769,00 € (*)

Clara

Pérez Becerra

3.353,00 € (*)

Lourdes

Pérez Díaz

3.353,00 €

Nathalia Marcela

Piedrahita Giraldo

3.769,00 € (*)

María

Piñeiro Montes

3.769,00 € (*)

Iria

Portas Rodríguez

3.353,00 €

Fernando

Prado Figueiras

3.769,00 € (*)

Eduardo José

Rey Barral

2.473,00 € (*)

Jennifer

Rey Doce

3.619,00 €

Judit

Rey Jelusich

3.262,00 € (*)

Amando

Rey Torres

3.069,00 € (*)

Juan

Rodríguez Pousa

3.769,00 € (*)

Miguel Ángel

Sandoval Iribarren

3.769,00 € (*)

Santiago

Sanromán Pousa

3.769,00 € (*)

Carlos

Santaló Gorís

2.877,00 €

Jacobo

Souto Quintáns

3.353,00 €

María

Suárez Santalices

3.353,00 € (*)

Milagros

Tourís Fernández

3.769,00 €

Yolanda

Troncoso Senra

3.700,00 €

José Luis

Varela Jiménez

3.769,00 €

Yago

Vázquez Arias

2.534,00 €

Alba

Vázquez Arias

2.384,00 € (*)

Matilde

Vázquez Peón

2.686,00 € (*)

Total ayuda concedida

215.722,00 €

(*) Renunciaron o perdieron el derecho a la ayuda

B) Procedimiento BS324B: 633.191,44 €

Aplicación 11.06.313A.481.0

Entidades sin ánimo de lucro

Razón social

Cuantía

Asociación Universitaria Educación Social Sociedade

80.020,00 €

Fundación Paideia Galiza

46.642,26 €

Asociación Erasmus Compostela

77.297,00 €

Centro Xuvenil Abertal

22.561,00 €

Asociación Cultural Ingalicia

152.352,00 €

Asociación Cultural Xeración

42.463,20 €

Asociación Cultural Recreativa Deportiva Xuvenil e Prestadora de Servizos Sociais Muxema

71.545,00 €

Asociación Sociocultural Luenda

74.712,00 €

Asociación Xuvenil Vrenza

44.336,00 € (*)

Total ayuda concedida

611.928,46 €

(*) Renunciaron ou perdieron el derecho a la ayuda

C) Procedimiento BS324C: 208.076,45 €

Aplicación 11.06.313A.460.0

Entidades locales

Razón social

Cuantía

Ayuntamiento de Camariñas (agrupación Costa da Morte)

56.547,28 €

Ayuntamiento de Ourense

46.390,00 €

Ayuntamiento de Negreira

47.915,00 €

Total ayuda concedida

150.852,28 €