De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 19.2 de la Orden de 4 de junio de 2015, por la que establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad trasnacional juvenil (Galeuropa) con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2015, se resuelve proceder a la publicación de las subvenciones concedidas que se indican en el anexo de esta resolución.
Objeto:
Establecer las bases reguladoras que regirán los procedimientos de concesión de ayudas para proyectos de movilidad trasnacional dirigido a jóvenes menores de 25 años, o menores de 30 si tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, para la realización de prácticas formativas no remuneradas en entidades/empresas públicas o privadas de países europeos, y proceder a su convocatoria para el año 2015, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil.
Finalidad:
Reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de los/las chicos/as no ocupados/as y no integrados/as en los sistemas de educación o formación, contribuyendo a la mejora de su formación mediante la adquisición de experiencia profesional para su incorporación al mercado de trabajo, al tiempo que se apoya la adquisición de competencias en idiomas extranjeros.
Estas ayudas se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Beneficiarios/as:
Las personas y entidades beneficiarias de esta ayuda varían en función del procedimiento de que se trate:
BS324A. Jóvenes individualmente.
BS324B. Entidades sin ánimo de lucro, con sede permanente o domicilio social en Galicia, que desarrollen actividades en el campo de la juventud.
BS324C. Ayuntamientos, agrupaciones de ayuntamientos o mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Galicia válidamente constituidas, así como las entidades resultantes de la fusión de municipios a que se refiere la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.
Destinatarios de la movilidad trasnacional juvenil:
Jóvenes inscritos en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil en el ámbito de la comunidad autónoma de Galicia.
Norma reguladora: Orden de 4 de junio de 2015, por la que establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad trasnacional juvenil (Galeuropa) con cargo al Programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (Diario Oficial de Galicia número 111, de 15 de junio).
Financiación y aplicación presupuestaria:
Estas ayudas están cofinanciadas por la Iniciativa de empleo juvenil y por el Fondo Social Europeo en un porcentaje del 91,89 %.
La distribución inicial de créditos se fija de la siguiente manera:
BS324A: 444.895,19 € con cargo a la aplicación 11.06.313A.480.0.
BS324B: 346.794,08 € con cargo a la aplicación 11.06.313A.481.0.
BS324C: 208.076,45 € con cargo a la aplicación 11.06.313A.460.0.
Conforme a lo establecido en el artículo 28.3, que recoge la posibilidad de reasignar créditos en caso de que se produzcan remanentes en alguna de las aplicaciones, con las cuantías sobrantes en los procedimientos BS324A y BS324C, se hicieron dos ampliaciones de crédito en el procedimiento BS324B (aplicación 111.06.313A.481.0), resultando un total de crédito de 633.191,44 €.
Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2016
Cecilia Vázquez Suárez
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado