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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Martes, 21 de junio de 2016 Pág. 25559

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería del Medio Rural

ORDEN de 15 de junio de 2016 por la que se dispone el nombramiento de vocales del Consejo Rector del Fondo Gallego de Garantía Agraria.

El Fondo Gallego de Garantía Agraria es un organismo autónomo adscrito a la Consellería del Medio Rural. En desarrollo del mandato contenido en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se aprobó el Decreto 7/2014, de 16 de enero, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Fondo Gallego de Garantía Agraria (DOG núm. 18, de 28 de enero).

El artículo 19 de los estatutos del Fondo Gallego de Garantía Agraria dispone que el Consejo Rector estará compuesto por los titulares de la Presidencia, Vicepresidencia, Dirección y cinco vocales, y asistido por la Secretaría. Asimismo, establece que serán vocales del Consejo Rector tres representantes de la consellería competente en materia de medio rural, designados/as de entre personas de reconocido prestigio en el sector lácteo-ganadero y altos cargos o funcionarios/as de la Administración autonómica; un/una representante de la consellería competente en materia de hacienda, designado/a a propuesta de esta, y, finalmente, un/una representante de la consellería competente en materia de conservación de la naturaleza, designada a propuesta de esta.

El nombramiento de estos vocales corresponde a la persona titular de la Consellería del Medio Rural.

Con base en las circunstancias anteriores, una vez hechas las correspondientes propuestas por cada consellería, es necesario realizar el nombramiento de los vocales del Consejo Rector del Fondo Gallego de Garantía Agraria que, para general conocimiento, se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único.

Nombrar vocales del Consejo Rector del Fondo Gallego de Garantía Agraria a las siguientes personas:

a) En representación de la consellería con competencias en materia de medio rural:

– Vocal: la persona titular de la Secretaría General Técnica.

– Vocal: la persona titular de la Dirección General de Ordenación y Producción Forestal.

– Vocal: la persona titular de la Subdirección General de Gestión de la PAC del Fondo Gallego de Garantía Agraria.

b) En representación de la consellería con competencias en materia de hacienda:

– Vocal: la persona titular de la Subdirección General de Gestión del Fondo Social Europeo y Otros Programas Comunitarios.

c) En representación de la consellería con competencias en materia de medio ambiente y ordenación del territorio:

– Vocal: la persona titular de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

Santiago de Compostela, 15 de junio de 2016

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira del Medio Rural