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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Lunes, 20 de junio de 2016 Pág. 25524

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 25 de mayo de 2016 por la que se notifica el acuerdo de inicio de procedimiento para la declaración de abandono del barco Faxán, de la lista 4ª, inscrito en el folio 5/1998, del distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre (BOE núm. 226, de 17 de septiembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a Marcos Cubeiro Carro, con último domicilio conocido en c/ General Porlier, 1, 2º D, de Arteixo, A Coruña, en su condición de propietario de la embarcación acreditada por escritura pública notarial de venta otorgada el 13 de diciembre de 2013, el acuerdo del presidente de Puertos de Galicia de 3 de mayo de 2015, que inicia el procedimiento para la declaración de abandono del barco Faxán, atracado en el pantalán 04 del puerto de A Pobra do Caramiñal, por no ser posible la notificación a través del servicio de Correos.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el BOE.

El acuerdo se emite, por encontrarse la embarcación atracada sin actividad alguna desde hace dos años, en estado de abandono y sin abonar tasas y con peligro de hundimiento, en base a lo establecido en los artículos 302 y 304 del Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante.

El órgano competente para la resolución de este procedimiento es el presidente de Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 6.3, apartados a) y l), de la Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación de Puertos de Galicia.

La instrucción del procedimiento recae en Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, siendo su régimen de recusación el consignado en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se otorga al propietario de la embarcación un plazo máximo de 15 días para formular alegaciones.

Igualmente, se otorga al propietario un plazo máximo de 10 días para que proceda a varar la embarcación; en caso de incumplimiento de esta medida, Puertos de Galicia procederá a ejecutar la varada y el traslado del barco a un punto que será debidamente notificado, de manera subsidiaria y a costa del propietario, al que se le pasarán los costes oportunos.

Por razones de urgencia, inclusive antes de finalizar el plazo fijado en el anterior párrafo, Puertos de Galicia podrá efectuar la varada de la embarcación a costa del propietario.

Se advierte finalmente que, de acuerdo con la normativa más arriba citada, llegado el término de declarar al buque abandonado, todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre la embarcación en función de lo que resulte del examen sobre su estado y peritación serán a costa del propietario.

El expediente completo, para su examen y consulta, se encuentra en la sede de los servicios centrales de Puertos de Galicia, situados en la plaza de Europa, número 5-A, 6º de Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2016

José Juan Durán Hermida
Presidente de Puertos de Galicia