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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Martes, 14 de junio de 2016 Pág. 24235

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2016, de la Dirección General de Desarrollo Pesquero, por la que se convoca un nuevo proceso de selección de candidatos a grupos de acción local del sector pesquero en el ámbito territorial de los municipios de Bergondo, Sada, Oleiros, Cambre, Culleredo, A Coruña y Arteixo.

Antecedentes:

1. El desarrollo local participativo de las zonas de pesca estará gobernado por los grupos de acción local y se llevará a cabo a través de estrategias de desarrollo local integradas, multisectoriales y basadas en zonas, y los criterios de selección de las estrategias serán definidos por los estados miembros.

2. La Orden de 6 de abril de 2015 (DOG núm. 71, de 16 de abril) hizo pública la convocatoria de selección de candidatos a grupos de acción local del sector pesquero (GALP) para la elaboración de estrategias de desarrollo local participativo en el período de programación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020 en Galicia.

3. El 22 de enero 2016, por resolución de la Consellería del Mar, fueron seleccionadas 7 organizaciones como grupos de acción local del sector pesquero, restando por seleccionar candidato al GALP en la zona correspondiente a los municipios de Bergondo, Sada, Oleiros, Cambre, Culleredo, A Coruña y Arteixo.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, que establece en el título III, capítulo II, el Desarrollo local participativo (DLP).

2. El Reglamento (UE) 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los reglamentos (CE) nº 2328/2003, (CE) nº 861/2006 1198/2006 y (CE) nº 791/2007, del Consejo, y el Reglamento (UE) nº 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, regula en los artículos 58 a 64 el desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas, lo cual contribuirá a la prioridad número 4 de la Unión de «Aumento del empleo y de la cohesión territorial».

3. La Orden de 6 de abril de 2015 (DOG núm. 71, de 16 de abril) hizo pública la convocatoria de selección de candidatos a grupos de acción local del sector pesquero para la elaboración de estrategias de desarrollo local participativo en el período de programación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020 en Galicia, quedando por seleccionar candidato al GALP en la zona correspondiente a los municipios de Bergondo, Sada, Oleiros, Cambre, Culleredo, A Coruña y Arteixo.

4. El punto 5 del artículo 14 de la Orden de 6 de abril de 2015 establece que en el supuesto de que en la primera convocatoria queden zonas del territorio sin cubrir, haciendo uso de la posibilidad recogida en el artículo 33.4 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, se realizará una segunda convocatoria a más tardar el 31 de diciembre de 2017.

5. El artículo 15 de la Orden de 6 de abril de 2015 establece que las asociaciones candidatas seleccionadas podrán tener derecho a la ayuda preparatoria de la estrategia, sin perjuicio de que la estrategia sea finalmente seleccionada, para lo cual firmarán un convenio de colaboración con la Consellería del Mar, para la elaboración de la EDLP.

6. La disposición final primera de la Orden de 6 de abril de 2015 autoriza a la Dirección General de Desarrollo Pesquero para dictar cuantos actos sean necesarios para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto de dicha orden.

Por lo expuesto, la directora general de Desarrollo Pesquero,

RESUELVE:

Realizar la segunda convocatoria de selección de candidatos para la elaboración de la EDLP para el territorio correspondiente a los municipios de Bergondo, Sada, Oleiros, Cambre, Culleredo, A Coruña y Arteixo, de conformidad con el procedimiento establecido en la Orden de 6 de abril de 2015 (DOG núm. 71, de 16 de abril) por la que se hace pública la convocatoria de selección de candidatos a grupos de acción local del sector pesquero para la elaboración de estrategias de desarrollo local participativo en el período de programación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020 en Galicia.

Las entidades interesadas dirigirán las solicitudes a la Dirección General de Desarrollo Pesquero en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la Consellería del Mar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2016

Susana Rodríguez Carballo
Directora general de Desarrollo Pesquero

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