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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Lunes, 13 de junio de 2016 Pág. 24055

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

EXTRACTO de la Resolución de 31 de mayo de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales de producción gallega y se convocan para el año 2016.

BDNS (Identif.): 308309.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

Podrán optar a estas subvenciones todas las personas físicas o jurídicas constituidas como productoras audiovisuales independientes con una antigüedad mínima y sin interrupciones de un año (epígrafe IAE 9611), y con sucursal u oficina permanente al menos durante un año, previo a esta convocatoria, en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económico Europea y que desarrollen su actividad habitual en Galicia.

Segundo. Finalidad

La finalidad de las subvenciones es el fomento de los trabajos previos a la producción audiovisual que se encuentren en fase inicial de desarrollo, y que se prevea que se llevarán a cabo en los ejercicios 2016 y 2017, en las modalidades siguientes:

a) Desarrollo de proyectos de largometrajes cinematográficos de ficción, animación y documentales, con una duración igual o superior a los 60 minutos.

b) Desarrollo de proyectos de largometrajes y miniseries de ficción para televisión. Los largometrajes deberán tener una duración de 60 minutos o superior. Las miniseries deberán ser de dos capítulos con una duración mínima de 52 minutos cada uno.

c) Desarrollo de proyectos de series de animación para televisión con una duración mínima global de 130 minutos.

d) Desarrollo de proyectos de pilotos de programas para televisión que destaquen por ofrecer formatos innovadores y alto potencial de internacionalización.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 31 de mayo de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el desarrollo de proyectos audiovisuales de producción gallega y se convocan para el año 2016.

Cuarto. Importe

El importe máximo de la subvención concedida por la Agadic no podrá superar los siguientes límites:

a) 50 % de la inversión subvencionable cuando se trate de proyectos previstos para producir en lengua original no gallega.

b) 60 % de la inversión subvencionable cuando se trate de proyectos previstos para producir en lengua original gallega.

En todo caso, las cantidades máximas que se establecen según las modalidades de proyecto son las siguientes:

a) Desarrollo de largometrajes cinematográficos de ficción y animación: máximo 20.000 euros.

b) Desarrollo de largometrajes cinematográficos de documental: máximo 10.000 euros.

c) Desarrollo de largometrajes y miniseries de ficción para televisión: máximo 15.000 euros (largometrajes) o 20.000 euros (miniseries).

d) Desarrollo de series de animación para televisión: máximo 20.000 euros.

e) Desarrollo de pilotos de programas para televisión: máximo 10.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de mayo de 2016

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales