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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Martes, 31 de mayo de 2016 Pág. 20919

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (368/2013).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 368/2013 a instancia de Antonio Fragio Rivadulla (desistido), Jesús Antonio Fragio Rivadulla, sucedido por Mercedes Vázquez García, Ana, Inés, Yolada Fragio Vázquez, y José Crego Castro contra la empresa Mármoles Cruceiro, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 2 de mayo de 2016 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo.

Se estima la demanda interpuesta por Jesús Antonio Fragio Rivadulla y José Crego Castro frente a la empresa Mármoles Cruceiro, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Mármoles Cruceiro, S.L. a abonar a los actores las siguientes cantidades:

• A Jesús Antonio Fragio Rivadulla la cantidad de siete mil quinientos cincuenta y cuatro euros con veintiocho céntimos de euro (7.554,28 euros).

• A José Crego Castro la cantidad de ocho mil ciento setenta y dos euros con ochenta y siete céntimos de euro (8.172,87 euros).

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Mármoles Cruceiro, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 9 de mayo de 2016

El secretario judicial