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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Martes, 31 de mayo de 2016 Pág. 20981

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 19 de mayo de 2016 por la que se notifica el acuerdo de inicio de expediente de caducidad de concesión administrativa en el puerto de Tragove (Cambados).

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre (BOE núm. 226, de 17 de septiembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la mercantil Alimentación Projoscar, S.L., con último domicilio conocido en el Puerto de Tragove, s/n, de Cambados, provincia de Pontevedra, el Acuerdo de 14 de abril de 2016, que inicia expediente de caducidad de la concesión administrativa otorgada a la mercantil que se cita, con destino a la construcción de una planta de engorde de rodaballo en el puerto de Tragove (Cambados), por no ser posible la notificación a través del servicio de Correos.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El acuerdo se emite, una vez que por Resolución de 13 de abril de 2016 el presidente de Puertos de Galicia autoriza la incoación del expediente y nombra instructor del mismo al jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, por ausencia de actividad y falta de pago de tasas, lo que determina la concurrencia de las causas imperativas de caducidad previstas en la condición general 32ª, apartados a) y b), del título.

El régimen de recusación del instructor es el consignado en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra el acuerdo de incoación se podrán formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que se estimen pertinentes, en un plazo máximo de 15 días a contar desde la publicación.

El pago de las cantidades adeudadas antes de dictar resolución, implicará el archivo del expediente, en lo que se refiere a esa causa concreta de caducidad.

El órgano competente para la resolución del presente expediente es el presidente del ente público Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por la Orden de la Consellería del Mar de 25 de noviembre de 2009, de delegación de competencias, entre otros, en el presidente del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia (DOG núm. 235, de 1 de diciembre).

Para su examen, el expediente se encuentra en las dependencias de los Servicios Centrales de Puertos de Galicia, en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 19 de mayo de 2016

Jesús Javier Fernández Barro
Instructor