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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Lunes, 30 de mayo de 2016 Pág. 20823

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

CÉDULA de 12 de mayo de 2016, de la Secretaría General de Empleo, por la que se notifica el acuerdo de procedencia de reintegro de ayudas del programa de ayudas y subvenciones a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, regulada en la Orden de 18 de marzo de 2011, relativa al expediente TR340E 2011/32 y uno más.

Con fecha 9 de febrero de 2016, la Secretaría General de Empleo de la Consellería de Economía, Empleo e Industria dictó resolución por la que se acuerda la procedencia de reintegro de ayudas concedidas la Biba Diferente, S.L., con números de expedientes TR340E 2011/32 y TR340E 2011/35.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y segundo lo dispuesto en el número 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se le notifica a la persona interesada el contenido de la resolución que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de la misma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se le concede a la persona interesada un plazo de diez días hábiles, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado, para que pueda formular alegaciones y presentar la documentación que juzgue pertinente ante esta secretaría general.

Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta secretaría general, sitas en la calle de San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela, y a obtener, en su caso, copia de este acuerdo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2016

Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo

ANEXO

Nº de expedientes: TR340E 2011/32 y TR340E 2011/35.

Beneficiaria: Biba Diferente, S.L.

NIF: B70299516.

Última dirección conocida: c/ Federico Tapia, 41-5º izquierda, 15005 (A Coruña).

Procedimiento: ayudas y subvenciones a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT): ayudas para la creación de empleo estable (TR340E/32) y ayudas para el inicio y puesta en marcha de la actividad.

Fechas de las resoluciones de concesión: 14.10.2011.

Hecho imputado: no mantener en su plantilla a las personas trabajadoras contratadas durante un período mínimo de tres años.

Precepto infringido: apartado 2 del artículo 20 de la Orden de 18 de marzo de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas y subvenciones a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2011 (DOG nº 63, de 30 de marzo).

Cuantía de la subvención percibida para inicio y puesta en marcha de la actividad: 5.754,99 euros.

Cuantía de la subvención percibida para creación directa de empleo estable: 12.000 euros.

Contenido de la resolución: acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro de la ayuda.