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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Martes, 10 de mayo de 2016 Pág. 17884

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela

EDICTO (352/2015).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela

Sentencia: 37/2016

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela

Juicio verbal 352/2015 -2

Sentencia.

Santiago de Compostela, 28 de marzo de 2016.

Vistos por M. de Luna Taboada Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal nº 352/2015, seguidos a instancia de la Comunidad de Propietarios del Edificio Chavián VIII-Fase II, representado por el procurador Sr. Gómez Martín, bajo la asistencia letrada de Sr. Martínez-Olivares Gómez (Sra. Fernández González), contra Construcciones Mouriño Bello, S.L. en situación de rebeldía procesal.

Fallo:

Se estima la demanda presentada por el procurador Sr. Gómez Martín, en el nombre y representación invocada y, en consecuencia, se condena al demandado a pagar a la actora la cantidad de tres mil novecientos veintinueve euros y treinta y cinco céntimos (3.929,35 €) más los intereses desde la fecha de presentación de la demanda, así como al pago de las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo juzgado dentro de los veinte días siguientes a aquél en que se notifique esta resolución. Para la interposición de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y por el importe de 50 €, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.

Así lo acuerda, manda y firma, M. de Luna Taboada Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Santiago de Compostela.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Construcciones Mouriño Bello, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Santiago de Compostela, 6 de abril de 2016

El/la letrado/a de la Administración de justicia