Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Lunes, 9 de mayo de 2016 Pág. 17777

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Xinzo de Limia

ANUNCIO de la aprobación definitiva del estudio de detalle de iniciativa privada (Mercadona, S.A.).

El Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria celebrada el día 28 de abril de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar definitivamente el estudio de detalle de iniciativa privada (Mercadona, S.A.) elaborado en noviembre de 2015 por el arquitecto Ramón Amadeo Facal Grobas para edificio comercial destinado a supermercado de alimentación y aparcamiento en las parcelas 65, 66, 67 y 68 del parque empresarial de Xinzo de Limia para definir las alineaciones y rasantes y la nueva reordenación de los volúmenes propuesta, aprobado inicialmente por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 29 de febrero de 2016 y que desarrolla el Plan general de ordenación urbana de Xinzo de Limia, quedando extinguida la suspensión de licencias.

Segundo. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia, y el texto de los documentos que lo integran, así como el índice de planos del estudio de detalle, en el Boletín Oficial de la provincia, a fin de que entre en vigor dicho instrumento de planeamiento.

Tercero. Notificar el presente acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el estudio de detalle.

Cuarto. Comunicar a la consellería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio la aprobación del estudio de detalle referido, a la vez que se le da traslado de una copia autenticada de dos ejemplares del mismo con todos los planos y documentos que lo integran.

Quinto. Facultar al alcalde presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos y, en general, para todo lo relacionado con este asunto.

Sexto. Notificar el presente acuerdo a los servicios técnicos municipales y al concejal de Urbanismo a efectos de su conocimiento».

Recursos. Contra el contenido del mencionado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer de manera potestativa el recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó y en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. El recurso de reposición se entenderá desestimado si en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la interposición, el órgano competente para resolverlo no dictara y notificara resolución expresa.

Contra la resolución expresa del recurso de reposición, o bien directamente (sin recurso administrativo), podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, plazo que será de seis meses en el caso de no resolverse de manera expresa el recurso de reposición, contados a partir del día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, reguladora de las bases del régimen local; artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Se le advierte también que podrá utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente, así como ejercer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente.

Xinzo de Limia, 29 de abril de 2016

Antonio Pérez Rodríguez
Alcalde