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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Miércoles, 4 de mayo de 2016 Pág. 16594

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 19 de abril de 2016 por la que se regulan las subvenciones a entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatoria para el año 2016.

BDNS (Identif.): 304843

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Entidades de acción voluntaria de carácter privado que realicen proyectos de voluntariado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2016.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria, para el fomento y la realización de actividades de voluntariado desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2016 y proceder a su convocatoria para el año 2016. Los programas y actividades de acción voluntaria presentados por las entidades de carácter privado sin ánimo de lucro deben de desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 19 de abril de 2016 por la que se regulan las subvenciones a entidades de acción voluntaria de carácter privado para el fomento y la realización de actividades de voluntariado y se procede a su convocatoria para el año 2016.

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 145.245 € para entidades de acción voluntaria. Se financia el 75 % del proyecto, cuyo presupuesto no podrá ser superior a 4.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Con la solicitud se presentará el proyecto de actividades. Se admitirá un solo proyecto por entidad con su denominación/nombre, los objetivos, la identificación de problemas y el número aproximado de beneficiarios. Éste irá acompañado del número de personas voluntarias con las que se pretende ejecutar el proyecto de las horas de ejecución de éste por parte de cada uno de los voluntarios y del número de días que participará cada una de ellas, así como de un presupuesto desagregado del coste de todas las actividades. Este proyecto de actividades de voluntariado no puede ser igual al presentado por la misma entidad en el caso de haber otra convocatoria de ayudas de esta consellería en materia de voluntariado.

La concesión de la ayuda se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Se requerirá una puntuación mínima y la concesión se efectuará por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.

Santiago de Compostela, 19 de abril de 2016

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social