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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Jueves, 28 de abril de 2016 Pág. 15724

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

ORDEN de 13 de abril de 2016 por la que se ratifica el acuerdo de extinción de la Fundación Vigo-Sida y se dispone su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Una vez examinado el expediente de extinción de la Fundación Vigo-Sida, adscrita al protectorado de la Consellería de Sanidad, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. Alberto José Rivera Gallego, presidente del Patronato de la Fundación Vigo-Sida, presentó el 8.4.2016 la solicitud de ratificación y posterior inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego del acuerdo de extinción de dicha entidad, adoptado por su patronato el 10.11.2015.

Segundo. Dicha fundación fue constituida en escritura pública con el número de protocolo 2.583, otorgada en Vigo ante el notario José Luís Lorenzo Areán el 17.10.1996, clasificada como de interés sanitario por la Orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 2 de junio de 1997 (DOG núm. 112, de 12 de junio) y declarada de interés gallego por la Orden de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de 24 de julio de 1997 (DOG núm. 162, de 25 de agosto). La Fundación, en la actualidad, está adscrita al protectorado de la Consellería de Sanidad y figura inscrita en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego con el número 1996/23.

Tercero. De acuerdo con el artículo 6 de los estatutos, los fines que regirán su actuación serán de carácter científico y sanitario, concretándose en promover la investigación y tratamiento de, preferentemente, enfermedades infecciosas y otras en el área de influencia hospitalaria asignada oficialmente al Complejo Hospitalario Universitario de Vigo, poniendo al alcance de los investigadores los medios de la Fundación y con el objetivo de alcanzar una investigación de alta calidad.

Cuarto. Junto con la solicitud se presenta la siguiente documentación:

a) Certificado de fecha 10.11.2015 de la secretaria, con el visto bueno del presidente, en el que consta el acuerdo de extinción de la fundación, adoptado con el quórum requerido por la normativa de aplicación en la reunión del patronato celebrada el mismo día.

b) Memoria justificativa de la concurrencia de la causa de extinción por imposibilidad material de realizar el fin fundacional.

c) Documentación contable correspondiente al ejercicio cerrado el 10.11.2015, que comprende balance, cuenta de resultados y memoria de actividades.

d) Proyecto de distribución de bienes y derechos resultantes de la liquidación.

Consideraciones legales:

Primera. La Consellería de Sanidad ejerce el protectorado sobre la Fundación Vigo-Sida de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 41/2013, de 21 de febrero, por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, en relación con el artículo 47 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2.b) del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, le corresponde a la Consellería de Sanidad la inscripción en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego de todos los actos relativos a las fundaciones sobre las que ejerza las funciones de protectorado.

Segunda. El artículo 44 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, establece entre las causas de extinción de las fundaciones la imposibilidad de realización del fin fundacional, siendo necesario a tal efecto el acuerdo favorable del patronato, ratificado por el protectorado. El mismo artículo establece que el acuerdo de extinción se inscribirá en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Tercera. El acuerdo de extinción se adoptó siguiendo los requisitos establecidos en la normativa vigente y en los estatutos de la fundación. En el expediente tramitado consta la memoria justificativa de la causa de extinción y el proyecto de distribución de bienes y derechos resultantes de la liquidación, en los términos previstos en el artículo 45 de la Ley 12/2006 y en el artículo 48 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego.

Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego; en el Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, y en la demás normativa de aplicación,

DISPONGO:

Primero. Ratificar el acuerdo de extinción de la Fundación Vigo-Sida, adoptado por el patronato con base en la imposibilidad de realizar el fin fundacional.

Segundo. Ordenar la inscripción del acuerdo de extinción de la fundación en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Sanidad.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que, con carácter potestativo, pueda interponerse recurso de reposición ante el conselleiro de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 13 de abril de 2016

El conselleiro de Sanidad
P.D. (Orden de 15.6.2009; DOG núm. 119, de 19 de junio)
Josefina Monteagudo Romero
Secretaria general técnica de la Consellería de Sanidad