BDNS (Identif.): 304018
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las cooperativas agrarias, las cooperativas de utilización de maquinaria agrícola (CUMA), las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra o sociedades agrarias de transformación.
Segundo. Objeto
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la utilización de maquinaria en régimen asociativo en Galicia cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020 dentro de la media 4, Inversiones en activos físicos, submedida 4.1, Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas (procedimiento MR351A), así como convocarlas para el año 2016.
Así pues, serán subvencionables las siguientes inversiones:
a) Maquinaria agrícola.
b) Estudios técnico-económicos de viabilidad.
No se subvencionarán:
a) La mera reposición o adquisición de maquinaria de segunda mano o usada.
b) El IVA y otros impuestos que sean recuperables.
c) Las inversiones en maquinaria o equipamientos relacionados con la transformación y comercialización de productos agrarios o forestales, ni máquinas de pequeña significación a efectos del conjunto de los socios de la agrupación.
d) La maquinaria y los equipamientos de carácter forestal.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 13 de abril de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria en régimen asociativo en Galicia cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020 y se convocan para el año 2016.
Cuarto. Importe
Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito de 3.500.000 euros.
El importe de la ayuda que se concederá a cada beneficiario será del 40 % de los costes elegibles y podrá alcanzar el 50 % en el caso de que la entidad esté localizada en una zona con limitaciones naturales.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 13 de abril de 2016
Belén Mª do Campo Piñeiro
Directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias