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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Miércoles, 13 de abril de 2016 Pág. 13428

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 30 de marzo de 2016 por la que se notifica la resolución del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 20 de febrero de 2015, dictada en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/61/2014-RP1, devuelta por el órgano notificador por resultar sus destinatarios ausentes en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 2 de febrero de 2016, resolución por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por Ofelia Rodríguez López y José Rodríguez Rodríguez contra la Resolución de 20 de febrero de 2015 por la que se declaran ilegalizables las obras ejecutadas en suelo rústico, sin autorización urbanística autonómica, consistentes en la construcción de una edificación semisoterrada de uso residencial, sin vinculación a una explotación agrícola o ganadera, situada en el lugar de Pedreda, en el témino municipal de Lugo, provincia de Lugo.

Al no poderse realizar la notificación de esta resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 30 de marzo de 2016

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística