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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Martes, 12 de abril de 2016 Pág. 13206

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

CÉDULA de 18 de marzo de 2016, de la Secretaría General de Empleo, por la que se notifica el inicio del procedimiento declarativo de reintegro de ayudas del Programa de ayudas y subvenciones a las empresas cualificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, regulada en la Orden de 2 de marzo de 2012, relativa al expediente TR340E 2012/4-0 y uno más.

Con fecha de 21 de septiembre de 2015, la Dirección General de Trabajo y Economía Social de la Consellería de Trabajo y Bienestar dictó resolución por la que se acuerda el inicio del procedimiento declarativo del reintegro de ayudas concedidas a Biba Diferente, S.L., con números de expedientes TR340E 2012/4-0 y TR340E 2012/10-0.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se le notifica a la persona interesada el contenido de la resolución que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de la misma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se le concede a la persona interesada un plazo de diez días hábiles, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, para que pueda formular las alegaciones y presentar la documentación que estime pertinente, ante esta dirección general.

Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta secretaría general, sitas en la calle San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela, y a obtener, en su caso, copia de este acuerdo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Santiago de Compostela, 18 de marzo de 2016

Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo

ANEXO

Nº de expedientes: TR340E 2012/4-0 y TR340E 2012/10-0.

Beneficiaria: Biba Diferente, S.L.

NIF: B70299516.

Última dirección conocida: calle Federico Tapia, 41, 5º izquierda, 15005 A Coruña.

Procedimiento: ayudas y subvenciones a las empresas cualificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT): ayudas para el inicio y puesta en marcha de la actividad y ayudas para la creación directa de empleo estable (TR340E 2012/4-0 y TR340E 2012/10-0, respectivamente).

Fechas de las resoluciones de concesión: 28.6.2012 (TR340E 2012/4-0) y 14.8.2012 (TR340E 2012/10-0).

Hecho imputado: no mantener en su plantilla a las personas trabajadoras contratadas durante un período mínimo de tres años.

Precepto infringido: apartado 2 del artículo 20 de la Orden de 2 de marzo de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas y subvenciones a las empresas cualificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2012 (DOG núm. 51, de 13 de marzo).

Cuantía de la subvención percibida para inicio y puesta en marcha de la actividad: 5.349,27 euros.

Cuantía de la subvención percibida para creación directa de empleo estable: 6.000 euros.

Contenido de la resolución: acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro de la ayuda.