De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), después de intentada la notificación personal dos veces en el último domicilio conocido, se notifica a la persona interesada el acuerdo de inicio del expediente sancionador que se indica en el anexo.
La eficacia de la cédula queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).
Pontevedra, 18 de marzo de 2016
José Luis Díez Yánez
Jefe territorial de Pontevedra
ANEXO
Interesada: Cándida Barros González.
Expediente: ES-P-0017/16.
Último domicilio conocido: polígono de Torneiros, fase IV, bloque 3, portal 7, 3º D, 36400 O Porriño (Pontevedra).
Indicación del contenido: se notifica a la interesada el acuerdo de inicio del procedimiento sancionador ES-P-0017/16 como presunta responsable de una infracción administrativa grave tipificada en el artículo 105.o) de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia.
Alegaciones: de acuerdo con lo dispuesto en el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se concede a la persona interesada un plazo de quince (15) días, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de este acuerdo, para aportar las alegaciones, documentos y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.