Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: A Batundeira nº 2, 32960 Velle.
Denominación: reforma de la LMT XIN805, XIN809 y XIN812.
Situación: Xinzo de Limia.
Características técnicas:
– Refoma de la LMT DC2, XIN805 y XIN812. Línea eléctrica aerosubterránea a 20 kV, de 258 m en subterráneo, con conductor RHZ1 y 64 m en aéreo, conductor LA110/116 mm2, con origen en el CT 32CI89-CCL-Xinzo y final del tramo subterráneo en el poste proyectado de chapa CH-7000-16 con PAS y del trecho en aéreo en el apoyo existente CH-1000-13 P (cruce de río).
– Reforma de la LMT XIN809. Línea eléctrica aerosubterránea a 20 kV, de 260 m en subterráneo, con conductor RHZ1 y 74 m en aéreo, conductor LA110/116,2 mm2, con origen en el CT 32CI89-CCL-Xinzo y final del tramo subterráneo en poste proyectado C-4500-14 con PAS y del trecho en aéreo en apoyo de celosía existente (cruce de río).
– Presupuesto: 84.486,28 euros.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba indicado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Ourense, 17 de marzo de 2016
Alfonso Tomás Paz Doniz
Jefe territorial de Ourense