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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Miércoles, 6 de abril de 2016 Pág. 12232

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2016, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Xinzo de Limia (expediente IN407A 2015/78-3).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: A Batundeira nº 2, 32960 Velle.

Denominación: reforma de la LMT XIN805, XIN809 y XIN812.

Situación: Xinzo de Limia.

Características técnicas:

– Refoma de la LMT DC2, XIN805 y XIN812. Línea eléctrica aerosubterránea a 20 kV, de 258 m en subterráneo, con conductor RHZ1 y 64 m en aéreo, conductor LA110/116 mm2, con origen en el CT 32CI89-CCL-Xinzo y final del tramo subterráneo en el poste proyectado de chapa CH-7000-16 con PAS y del trecho en aéreo en el apoyo existente CH-1000-13 P (cruce de río).

– Reforma de la LMT XIN809. Línea eléctrica aerosubterránea a 20 kV, de 260 m en subterráneo, con conductor RHZ1 y 74 m en aéreo, conductor LA110/116,2 mm2, con origen en el CT 32CI89-CCL-Xinzo y final del tramo subterráneo en poste proyectado C-4500-14 con PAS y del trecho en aéreo en apoyo de celosía existente (cruce de río).

– Presupuesto: 84.486,28 euros.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba indicado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Ourense, 17 de marzo de 2016

Alfonso Tomás Paz Doniz
Jefe territorial de Ourense