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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Martes, 29 de marzo de 2016 Pág. 11219

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO de aclaración de sentencia (1070/2014).

SSS. Seguridad Social 1070/2014

Procedimiento de origen: sobre seguridad social

Demandante: Fraternidad Muprespa, Mutua de Trabajo y Accidentes Profesionales de la Seguridad Social

Abogado: Carlos Enrique Ojea Carballeira

Demandados: Consignaciones Barbanza, S.L., Underwater Contractors Spain, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Germán Muñiz Vázquez, Diving Consultancy, S.L., Helioxcom Buceo Profesional, S.L., Obras Marítimas y Submarinas Draga, Técnica e Ingeniería Suba, S.A., Tesorería General de la Seguridad Social, Madasa Estructuras y Construcciones, S.L. y Galacuatic, S.L.

Edicto.

Yo, María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de seguridad social 1070/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fraternidad Muprespa, Mutua de Trabajo y Accidentes Profesionales de la Seguridad Social contra Consignaciones Barbanza, S.L., Underwater Contractors Spain, S.L., Galacuatic, S.L. y otros, sobre seguridad social, se ha dictado auto de aclaración de sentencia cuya parte dispositiva dice:

«Que debo rectificar la sentencia dictada en las presente actuaciones el pasado día 21 de enero de 2015, en el sentido fijado en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución, quedando redactado su fundamento de derecho cuarto, en su penúltimo párrafo en la forma que se especificará, manteniéndose íntegramente el restante contenido:

“... los cuales teniendo en cuenta que la base reguladora es de 3.597 € mensuales, y la prestación asciende al 55 % de la misma, supone la obligación de abono de la cantidad mensual de 1.978,35 € que, distribuida en los porcentajes antes fijados, supone la cuantía mensual de 996,89 € con cargo a Fraternidad Muprespa, 633,07 € con cargo a Mutua Gallega, 201,99 € con cargo a Mutua Fremap, y 146,20 € con cargo al Instituto Nacional de la Seguridad Social ...”.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia, cuyo plazo de anuncio computará desde la notificación de la presente resolución. Así, por este auto, lo mando y firmo, magistrada jueza Pilar Carreira Vidal. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Obras Marítimas y Submarinas Draga, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 7 de marzo de 2016

La secretaria judicial