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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Viernes, 11 de marzo de 2016 Pág. 9328

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa

ANUNCIO de suspensión de las licencias de edificación relativas a superficie o área comercial comprendida en la categoría C4.

La documentación de revisión del PGOM de Vilagarcía de Arousa distingue en el uso comercial cuatro categorías:

C.1ª. Local comercial en edificio de uso principal distinto al comercial y de servicios.

C.2ª. Establecimiento comercial en edificio de uso exclusivo.

C.3ª. Galerías comerciales.

C.4ª. Superficie o área comercial (no prevista en ninguna de las ordenanzas del nuevo PGOM en redacción).

A la vista de esto, el Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el día 25 de febrero de 2016, conforme a lo dispuesto en el artículo 77.1 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (Louga) adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

1. Suspender en todo el término municipal de Vilagarcía de Arousa las licencias de edificación relativas a superficie o área comercial comprendida en la categoría C4 citada y, por lo tanto, no prevista en ninguna de las ordenanzas del nuevo PGOM en redacción, entendiendo como superficie o área comercial el establecimiento integrado por un conjunto de actividades comerciales individuales.

2. La duración de la suspensión citada en el apartado anterior será de un año a contar desde el momento de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia (DOG). Si dentro de ese plazo de un año se produjera un acuerdo de aprobación inicial de la revisión del PGOM, la suspensión se mantendrá; en caso contrario, se extinguirá.

3. La suspensión de licencias afecta a las licencias que se soliciten desde la publicación de este anuncio en el DOG, a los expedientes en tramitación, pero no afecta a los resueltos, ni por lo tanto a las licencias ya otorgadas expresamente o por silencio administrativo.

En cumplimiento de lo exigido por el artículo 77.1 de la Louga, se publicará el citado acuerdo en el DOG y en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Vilagarcía de Arousa, 2 de marzo de 2016

Alberto Varela Paz
Alcalde