Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Lunes, 7 de marzo de 2016 Pág. 8623

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (574/2013).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 574/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Manuel Muñiz López contra la empresa Manuel Martínez Ulloa, Cervecería Totem, S.L. y el Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Sentencia.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el nº 574/2013, siendo parte en el mismo, de un lado, como demandante, José Manuel Muñiz López, asistido por el letrado Fernando José Méndez Sanjurjo, y como demandados, la empresa Manuel Martínez Ulloa, representada por Manuel Martínez Ulloa y asistida del letrado Ángel Trashorras Lodos; los integrantes de Cervecería Totem, S.L. no comparecen a pesar de estar citados en legal forma, al igual que el Fogasa, sobre reclamación de cantidad, ha pronunciado en nombre del rey la siguiente sentencia:

Fallo:

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por José Manuel Muñiz López, con citación del Fogasa, contra la empresa Cervecería Totem, S.L., con absolución del demandado.

Se aprueba el desistimiento respecto de Manuel Martínez Ulloa.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a los integrantes de Cervecería Totem, S.L., Luis Alberto Fernández Varela y Jorge López López, ambos en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de febrero de 2016

La secretaria judicial