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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Lunes, 29 de febrero de 2016 Pág. 7586

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDICTO de 5 de febrero de 2016, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, relativo al inicio del expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Val da Cova a favor de los vecinos de O Carballal en la parroquia de As Seixadas (San Xoán), en el ayuntamiento de Cartelle.

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión de fecha 10 de diciembre de 2015, acordó iniciar los trámites para la clasificación como vecinal en mano común del monte con las características que a continuación se relacionan:

Denominación del monte: Val da Cova.

Superficie: 10.347 m2 (1,03 ha aproximadamente).

Pertenencia: vecinos de O Carballal.

Parroquia: As Seixadas (San Xoán).

Municipio: Cartelle.

Parcelas catastrales que comprende y superficies:

Datos catastrales

Superficie a clasificar (m2)

Polígono

Parcela

Superficie catastral (m2)

126

1089

2.878

2.878

1088

2.659

2.659

974

1.828

1.828

975

1.425

1.425

976

1.557

1.557

Superficie total a clasificar

10.347 m2 (1,03 ha)

Los lindes de los terrenos para los que se solicita la clasificación son los siguientes:

a) Perímetro exterior:

Norte (parcelas catastrales)

Ayuntamiento

Polígono

Parcela

Cartelle

124

9003 (camino)

Este (parcelas catastrales)

Ayuntamiento

Polígono

Parcela

Cartelle

126

9003 (camino)

Sur (parcelas catastrales)

Ayuntamiento

Polígono

Parcela

Cartelle

126

724

Oeste (parcelas catastrales)

Ayuntamiento

Polígono

Parcela

Cartelle

126

724

b) Perímetro interior (enclavados).

No existen enclavados.

Estos terrenos lindan por el este (camino por medio) con el monte vecinal en mano común Penelas, ya clasificado a favor de esta misma Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de O Carballal.

Lo que se pone en conocimiento de todos los interesados, indicándoles que se abre un período de un mes para que puedan examinar el expediente y efectuar las alegaciones que estimen convenientes, así como aportar los documentos o informaciones que juzguen oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución da Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Ourense, 5 de febrero de 2016

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense