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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 23 de febrero de 2016 Pág. 6657

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (62/2013).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento sanciones 62/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de UTE Abeconsa, S.L.-San Martín, S.A. contra Consellería de Trabajo y Bienestar, José Manuel López Casais, Rehabitec Castro Pereiro, S.L., administración concursal Rehabitec Castro Pereiro (Carlos Víctor Roas Teijeiro) sobre sanciones, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 30/2016.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: impugnación de acto administrativo nº 62/2013.

Demandante: UTE Abeconsa, S.L.-San Martín, S.A.

Letrada: Sra. Álvarez Rodil.

Demandados:

– Consellería de Trabajo y Bienestar.

Letrada: Sra. Ruiz Cotelo.

– José Manuel López Casais: comparece por sí mismo.

– Rehabitec Castro Pereiro, S.L.

Letrado:

– Administración concursal de Rehabitec Castro Pereiro, S.L.: Sr. Roas Teijeiro.

Sentencia nº 30/2016.

A Coruña, 28 de enero de 2016.

Fallo:

1. Desestimo la demanda sobre impugnación de acto administrativo en materia laboral formulada por la UTE Abeconsa, S.L.-San Martín, S.A. frente a la Consellería de Trabajo y Bienestar de la Xunta de Galicia, Rehabitec Castro Pereiro, S.L. y José Manuel López Casais y, en consecuencia, confirmo la resolución recurrida de fecha de 31.10.2012 en su integridad y, por ende, las sanciones impuestas a la entidad demandante en la misma.

2. El administrador concursal de Rehabitec Castro Pereiro, S.L. habrá de pasar por lo resuelto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Rehabitec Castro Pereiro, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 28 de enero de 2016

La secretaria judicial