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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 3 de febrero de 2016 Pág. 3896

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (257/2015).

EPA ejecución parcial 257/2015

Procedimiento origen: despido/ceses en general 1041/2014

Sobre ordinario

Demandante: Juan José Vázquez Teo

Abogado: Alberto Freijeiro Otero

Demandados: Estructuras Metálicas Gallegas, S.L. (Esmega, S.L.)

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución parcial número 257/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan José Vázquez Teo contra la empresa Estructuras Metálicas Gallegas, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto el 14 de enero de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada, Estructuras Metálicas Gallegas, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 69.935,08 euros en concepto de principal (52.267,95 euros de indemnización más 17.667,13 euros de salarios), más 634,08 euros en concepto de intereses de demora de 17.667,13 euros, más 7.056,91 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reabrir la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

d) Llévese el original al libro de decretos, dejando testimonio en las presentes actuaciones.

Notifíquese a las partes y a Estructuras Metálicas Gallegas, S.L. por medio de edictos en el Diario Oficial de Galicia, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, y será carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3, abierta en Banco Santander, cuenta número 5076 0000 64 0257 15. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá ingresarse en la cuenta número 000493569920005001274, y en el campo “concepto” deberá indicar el número de cuenta “5076 0000 64 0257 15”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase e indicar en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de los mismos.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.

El/la secretario/a judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Estructuras Metálicas Gallegas, S.L., expido el presente.

Santiago de Compostela, 14 de enero de 2016

Letrada de la Administración de justicia