DCT divorcio contencioso 133/2015 CH
Sobre: divorcio contencioso
Demandante: Rubén Darío de Prado Núñez
Procuradora: Eva Álvarez Coscolin
Abogada: Rocío del Alba Castro Prieto
Demandada: Angely Carola Sierra Bajares
Raquel Blanco Pérez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense, en el presente procedimiento de divorcio 133/2015, sequido a instancia de Rubén Darío de Prado Núñez frente a Angely Carola Sierra Bajares, se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente:
Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
Fallo:
Acuerdo la disolución del matrimonio formado por Rubén Darío de Prado Núñez frente a Angely Carola Sierra Bajares, con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución.
No se imponen las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.
Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la LEC, se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de 20 días, recurso de apelación (artículos 457 y ss. LEC) ante este tribunal, debiendo constituir el depósito legalmente establecido.
Y una vez firme esta resolución, comuníquese de oficio para su anotación en el Registro Civil, donde figura la inscripción del matrimonio cuya disolución se declara.
Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada Angely Carola Sierra Bajares, se extiende la presente para que sirva de notificación en forma al mismo.
Ourense, 19 de noviembre de 2015
La secretaria judicial