De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, después de ser intentada sin éxito la notificación personal a través del servicio de Correos, se notifican a las entidades relacionadas en el anexo los acuerdos de inicio dictados en los expedientes de reintegro de las subvenciones concedidas.
Los interesados podrán comparecer en las dependencias de esta dirección general, sita en el Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela, 2º piso, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, para el conocimiento íntegro de la resolución y la constancia de tal conocimiento.
La resolución que se notifica agota la vía administrativa. El interesado podrá interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; asimismo, podrá interponerse recurso de reposición ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes. La eficacia del acto administrativo queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado (TEU del BOE), por lo que los mencionados plazos para presentar los recursos se contarán a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio en el TEU del BOE.
Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la citada Ley 30/1992, este anuncio se publica en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2015
José Alfonso Marnotes González
Director general de Orientación y Promoción Laboral
ANEXO
1. Entidad: Federación de Autónomos de Galicia (Feaga).
Dirección: calle Alcalde Suárez Ferrín, 15, sótano 2, local 1, 15011 A Coruña.
Nº expte.: TR352B 2011/247-0.
Acto que se notifica: acuerdo de inicio de expediente de reintegro.
Fecha del acto: 1 de octubre de 2015.
Preceptos incumplidos: artículo 8.2 de la Orden de 30 de diciembre de 2010 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación, en el ámbito de colaboración con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria para el año 2011 (DOG núm. 10, de 17 de enero); artículos 77 y 80.5 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cantidad a reintegrar: 24.057,86 €.
2. Entidad: Asociación Provincial de Empresarias de Pontevedra.
Dirección: avenida García Barbón, 104, 1º, 36201 Vigo.
Nº expte.: TR352B 2011/303-0.
Acto que se notifica: acuerdo de inicio de expediente de reintegro.
Fecha del acto: 2 de octubre de 2015.
Preceptos incumplidos: artículo 8.2 de la Orden de 30 de diciembre de 2010 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación, en el ámbito de colaboración con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria para el año 2011 (DOG núm. 10, de 17 de enero); artículos 33.1.c) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cantidad a reintegrar: 16.323,72 €.
3. Entidad: Asociación Pedagóxica ICA-Ateneo.
Dirección: plaza de Compostela, 5, 2º, 36201 Vigo (Pontevedra).
Nº expte.: TR352A 2011/696-0.
Acto que se notifica: acuerdo de iniciación del expediente de reintegro.
Fecha del acto: 15 de junio de 2015.
Preceptos incumplidos: artículo 8.2 de la Orden de 30 de diciembre de 2010 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación, en el ámbito de colaboración con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria para el año 2011 (DOG núm. 10, de 17 de enero); artículo 33.1.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cantidad a reintegrar: 2.749,67 €.