Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Jueves, 24 de diciembre de 2015 Pág. 48247

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 3 de diciembre de 2015, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunican a los posibles titulares de derechos e intereses los acuerdos adoptados por este jurado, relativos al expediente 84/75 y tres más.

En la sesión celebrada por el Jurado Provincial el día 30 de noviembre de 2015 figuran los siguientes acuerdos:

Monte de Mazo Santigoso (expediente 84/75), perteneciente a los vecinos del lugar de Mazo Santigoso de la parroquia de Vilamor, en el término municipal de Folgoso do Courel, y clasificado como vecinal en mano común por resolución del Jurado Provincial con fecha 25 de marzo de 1976 y monte de Carballal (expediente 18/73), perteneciente a los vecinos del lugar de Carballal de la parroquia de Vilamor, en el término municipal de Folgoso do Courel, y clasificado como vecinal en mano común por resolución del Jurado Provincial con fecha 14 de agosto de 1974. Con fecha 10 de diciembre de 2014 tiene registro de entrada oficio del Distrito forestal VIII, que aporta un acuerdo de deslinde por avenencia, practicado entre estas comunidades, en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado el 13 de agosto de 2014 ante el Juzgado de Paz de Folgoso do Courel; aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificados de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado de dicho deslinde al Servicio de Montes, el 9 de septiembre de 2015 emite un informe en el que se especifican las modificaciones de superficie que se producen como consecuencia de la avenencia. El monte de Mazo Santigoso queda con una superficie de 193,09 hectáreas, y el monte de Carballal con una superficie de 588,77 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde por avenencia practicado, y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Monte Gándaras de Castro, Coutado y Campela (expediente 44/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Bendia, en el término municipal de Castro de Rei, y clasificado como vecinal en mano común por resolución del Jurado Provincial con fecha 1 de diciembre de 1980, y monte de Arriba y de Abaixo (expediente 36/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Goberno, en el término municipal de Castro de Rei, y clasificado como vecinal en mano común por resolución del Jurado Provincial con fecha 14 de diciembre de 1981. Con fecha 23 de junio de 2015, tiene registro de entrada escrito de Daniel Pollán Cabana, como presidente de la comunidad de Gobierno, aportando un acuerdo de deslinde por avenencia, practicado entre estas comunidades, en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado el 1 de abril de 2015, ante el Juzgado de Paz de Castro de Rei; aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el juzgado y certificados de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado de dicho deslinde al Servicio de Montes, el 30 de octubre de 2015 emite un informe en el que se especifican las modificaciones de superficie que se producen como consecuencia de la avenencia. El monte Gándaras de Castro, Coutado y Campela queda con una superficie de 221,04 hectáreas y el monte de Arriba y de Abaixo con una superficie de 56,7 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde por avenencia practicado, y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Al desconocerse el nombre y dirección de los posibles titulares de derechos e intereses sobre los referidos montes, por medio del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se comunican los anteriores acuerdos.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, para la ejecución de la Ley de MVMC, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Lugo, 3 de diciembre de 2015

José Ramón Losada Fernández
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo