La Orden de 28 de julio de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención plurianual del coste salarial para el mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los centros especiales de empleo de Galicia y se procede a su convocatoria para el período del 1 de julio de 2015 hasta el 30 de junio de 2016, dentro del Programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo (Diario Oficial de Galicia núm. 148, de 6 de agosto), establece en su artículo 1.4, en el que se recojen los créditos que financian la orden, que estos importes podrán ser objeto de modificaciones, como consecuencia de la asignación o de la redistribución de fondos para la financiación de los programas de fomento de empleo, con las limitaciones que establezca la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
En consecuencia, como existen otras dotaciones que pueden ser utilizadas para los mismos fines, es necesario ampliar el importe de los créditos destinados a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de dicha orden, con la finalidad de hacerlas llegar al mayor número de personas o entidades beneficiarias posible.
Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me han sido conferidas,
RESUELVO:
Artículo 1
Se amplía el importe total de las ayudas a conceder al amparo de la Orden de 28 de julio de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención plurianual del costo salarial para el mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los centros especiales de empleo de Galicia y se procede a su convocatoria para el período del 1 de julio de 2015 hasta el 30 de junio de 2016, dentro del Programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo (Diario Oficial de Galicia núm. 148, de 6 de agosto), en la seguinte cuantía, aplicación presupuestaria y anualidad que figura dotada en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2015:
Anualidad |
Aplicación presupuestaria y código de proyecto |
Importe |
2015 |
11.02.322C.470.0 2014 00511 |
255.000 euros |
11.02.322C.481.2 2014 00511 |
154.030,58 euros |
Artículo 2
Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.
Disposición final única
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2015
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria