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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 238 Martes, 15 de diciembre de 2015 Pág. 46892

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2015, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de aprobación definitiva de la delimitación del núcleo rural de Vilaboa, sito en la parroquia de Antas de Ulla, del ayuntamiento de Antas de Ulla.

El Ayuntamiento de Antas de Ulla remite el expediente de referencia, solicitando su aprobación definitiva, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la vigente Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG).

Una vez analizado el expediente remitido por el Ayuntamiento, y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

I.1. El Ayuntamiento de Antas de Ulla dispone de un proyecto de delimitación de suelo urbano aprobado el 14.3.1977; rigiéndose fuera de su ámbito por las normas de aplicación directa de la LOUG y, en el que no se opone a estas, por las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento provincial aprobadas el 3.4.1991.

I.2. El 30.3.2007 la Dirección General de Urbanismo aprobó definitivamente una delimitación de núcleo (LUDSNR0623) que contiene la parte histórico-tradicional del núcleo de Vilaboa (al norte de los terrenos objeto de este proyecto).

I.3. La tramitación del presente expediente, incluyó:

• 19.3.2014-19.4.2014. Exposición pública, mediante anuncios insertados en El Progreso, La Voz de Galicia y en el DOG. No se presentaron alegaciones.

• 30.4.2014. Aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento.

• 5.5.2014. Emisión de informe favorable de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia.

• 19.6.2014. Requerimiento del Servicio de Urbanismo al Ayuntamiento, de subsanación de deficiencias de tramitación.

• 14.7.2014. Nuevo acuerdo de aprobación provisional del Pleno del Ayuntamiento.

• 29.10.2014 Resolución de la SGOTU en la que se requiere al ayuntamiento a subsanación de una serie de deficiencias del proyecto.

• 20.7.2015. Informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural (DGPC), de la Consellería de Cultura. Favorable condicionado a la introducción de una serie de medidas.

II. Análisis y consideraciones.

II.1. El proyecto delimita el núcleo en el subtipo Común del artículo 13 de la LOUG, reflejando el trazado de la red viaria pública y los espacios reservados para dotaciones y equipamientos públicos. También regula las condiciones de usos y edificación y se identifican los elementos patrimoniales y medidas correctoras y protectoras de acuerdo con el informe de la DGPC.

II.2. Analizado el proyecto, se observó que se han subsanado las deficiencias indicadas por el requerimiento de 29.10.2014, especialmente:

• Se acredita el cumplimiento del artículo 13.3.b) de la LOUG para el conjunto del núcleo rural. Por sus características tipológicas, del viario, de las edificaciones, etc, se considera coherente considerar la totalidad del núcleo dentro del subtipo Común.

• El núcleo delimitado puede ser considerado como la parte de subtipo Común del núcleo tradicional de Vilaboa, que consta en el nomenclator oficial en esta parroquia.

• Se recabó informe favorable de la DGPC, incorporándose en el proyecto las medidas correctoras y protectoras señaladas por este.

• Se grafían las alineaciones de una manera más legible.

• Se introducen las correcciones que el requerimiento de la SGOTU señalaba en cuanto a las condiciones de uso de la normativa del proyecto.

• Se introducen las correcciones que el requerimiento de la SGOTU señalaba en cuanto a las condiciones de edificación de la normativa del proyecto.

• Se corrige la referencia incorrecta a los materiales de cubrición y diversos errores e imprecisiones.

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG, y con el artículo 3.a en relación con la disposición transitoria segunda del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleos rurales le corresponde a la Secretaria General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

III. Resolución.

Visto cuánto antecede,

RESUELVO:

1. Aprobar definitivamente la delimitación del núcleo rural de Vilaboa, sito en la parroquia de Antas de Ulla, del ayuntamiento de Antas de Ulla.

2. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

3. Notifíquese al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2015

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

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