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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Jueves, 10 de diciembre de 2015 Pág. 46332

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se somete a información pública la propuesta de declaración de espacio natural de interés local de la zona denominada Ribeiras do Mero-Barcés, perteneciente al ayuntamiento de Abegondo.

La Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, define como espacios naturales protegidos aquellos espacios que contengan elementos o sistemas naturales es de particular valor, interés o singularidad, tanto debido a la acción y evolución de la naturaleza como derivados de la actividad humana, y que hayan sido declarados como tales. Entre las diferentes categorías de espacio natural protegido establecidas destaca una prevista para la protección de valores municipales que posean singularidad natural, los espacios naturales de interés local (ENIL).

El artículo 17 de la ley establece que, a petición de un ayuntamiento y tras solicitar los informes preceptivos pertinentes, la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio podrá declarar como ENIL aquellos espacios integrados en su término municipal que por sus singularidades sean merecedores de algún tipo de protección de sus valores naturales. La declaración es competencia de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio mientras que la responsabilidad de su gestión será municipal. Asimismo, la declaración de un ENIL no lleva su inclusión en la Red gallega de espacios naturales protegidos.

La regulación de los espacios naturales de interés local que recoge la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, fue desarrollada por el Decreto 124/2005, de 6 de mayo, por el que se regula la figura del espacio natural de interés local y la figura del espacio privado de interés natural. El artículo 4 de este decreto recoge la posibilidad que tiene la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de declarar, de manera provisional, un ENIL por un plazo no superior a dos años, debiendo presentar dentro de este plazo el promotor, como requisito imprescindible para la declaración del ENIL, el plan de conservación del espacio.

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Abegondo ante la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para la declaración del lugar denominado «Ribeiras do Mero-Barcés» como espacio natural de interés local, esta dirección general considera necesario establecer un período de información pública en la tramitación de la solicitud con objeto de cumplir con lo dispuesto en el artículo 3.5 de la Ley 4/2006, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega, y con lo preceptuado por la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

Por las razones explicadas,

RESUELVO:

Primero. Someter a información pública y audiencia a los interesados la propuesta de declaración del espacio natural de interés local «Ribeiras do Mero-Barcés» durante un plazo de veinte (20) días, contándose dicho período desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución. Aquellos interesados que se consideren directamente afectados podrán remitir sus alegaciones mediante escrito dirigido a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela, o bien a la dirección electrónica planificación.conservación@xunta.es , poniendo en el asunto «ENIL Ribeira do Mero-Barcés».

Segundo. La propuesta de declaración del ENIL «Ribeiras do Mero-Barcés» se compone de una memoria técnica, los planos remitidos por el Ayuntamiento de Abegondo y por el borrador de orden la que se declara, de manera provisional, como espacio natural de interés local «Ribeiras do Mero-Barcés».

Tercero. Durante este plazo los documentos podrán ser examinados en las siguientes dependencias:

– Subdirección General de Espacios Naturales, San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela.

– JefaturaTerritorial de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de A Coruña, Edificio Monelos, 5ª planta, calle Vicente Ferrer, 2, 15008 A Coruña.

– Ayuntamiento de Abegondo, San Marcos, 1, 15318 Abegondo (A Coruña).

Del mismo modo, se podrá consultar el texto de la memoria de la propuesta de declaración provisional en la página web de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (http://cmati.xunta.es).

Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2015

Ana María Díaz López
Directora general de Conservación de la Naturaleza