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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Martes, 24 de noviembre de 2015 Pág. 44485

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 9 de noviembre de 2015 por la que se notifica el acuerdo de incoación del expediente de reposición de la legalidad urbanística OUR/71/2014-RP1, devuelto por el servicio de Correos por resultar su destinataria ausente en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 15 de octubre de 2015, incoar el expediente de reposición de la legalidad urbanística OUR/71/2014-RP1, en relación con las obras realizadas en suelo de núcleo rural sin la preceptiva licencia urbanística, consistentes en la construcción de una edificación auxiliar en la calle Campos, nº 10, en el lugar de San Amaro, parroquia de Beariz, en el término municipal de San Amaro, provincia de Ourense.

Al no poder realizarse la notificación personal del acuerdo a Cristina Nogueiro Domínguez, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicho acuerdo por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

La interesada dispone de un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produjese la notificación de esta cédula, para presentar las alegaciones, documentos o informaciones que considere pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.

Para que conste, y le sirva de notificación a la citada interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 9 de noviembre de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística