Con fecha 30 de septiembre de 2015, la instructora del procedimiento dictó propuesta de resolución del expediente sancionador núm. 2015346TA-PO, incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra a David Vidal Rodríguez, con DNI 77000213P, como titular del establecimiento Café Bar A Rotonda.
Tras intentar la notificación de esta propuesta según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a David Vidal Rodríguez el contenido de dicha propuesta, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, para que tenga conocimiento del mismo.
Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el número 1 del artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante este jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, calle Fernández Ladreda, núm. 43, 1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.
Pontevedra, 20 de octubre de 2015
Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra
ANEXO
Número del expediente: 2015346TA-PO.
Denunciado: David Vidal Rodríguez, con DNI 77000213P, como titular del establecimiento Café Bar A Rotonda.
Último domicilio conocido: calle Montesiña, núm. 35, 36699 Soutomaior (Pontevedra).
Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.
Preceptos presuntamente infringidos:
Artículo 4. «La venta y el suministro a través de máquinas expendedoras se realizará de acuerdo con las siguientes condiciones:
c) Advertencia sanitaria: en la superficie frontal de las máquinas figurará, de forma clara y visible, en castellano y en las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas, una advertencia sanitaria sobre los perjuicios para la salud derivados del uso del tabaco, especialmente para los menores».
Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 19.2.c) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.
Sanción propuesta: setenta y cinco euros (75 €).