Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 2550/2015
Juzgado de origen/autos: despido objetivo individual 1010/2014 Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela
Recurrente: Fogasa
Abogado: Fogasa
Recurridos: Limpiezas Secope, S.A., Miguel Ángel Bustelo Fraga
Abogado: Luis Méndez Torres
Procurador: Juan Antonio Garrido Pardo
Mª Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:
Que en el procedimiento de recurso de suplicación 2550/2015 de esta sección, seguido a instancia de Fogasa contra Limpiezas Secope, S.A., Miguel Ángel Bustelo Fraga, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«Diligencia de ordenación letrada de la Administración de justicia M. Asunción Barrio Calle.
A Coruña, 19 de octubre de 2015
El anterior escrito suscrito por el abogado del Estado, en nombre y representación del Fogasa, únase al recurso de su razón junto con sus copias. Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina y fórmese pieza separada, que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala. Emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.
Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.
La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.
Comuníquese al Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Limpiezas Secope, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 19 de octubre de 2015
Letrada de la administracion de justicia