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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Martes, 10 de noviembre de 2015 Pág. 42759

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Augas de Galicia

RESOLUCIÓN de 27 octubre de 2015 por la que se señalan las fechas para el levantamiento de actas previas a la ocupación y de ocupación definitiva de los bienes y derechos afectados por las obras correspondientes al proyecto modificado de las obras de ampliación y modernización de la estación depuradora de aguas residuales del Lagares, Vigo (Pontevedra) (expediente OH.336.1083.M1).

El 20 de julio de 2015 el director de Augas de Galicia aprobó técnica y definitivamente el proyecto modificado de las obras de ampliación y modernización de la estación depuradora de aguas residuales del Lagares, Vigo (Pontevedra).

Dichas obras se enmarcan dentro de la actuación de saneamiento de Vigo, actuación que está declarada de interés general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, toda vez que las obras de referencia están recogidas en el Plan hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Galicia-Costa, aprobado por el Real decreto 1332/2012, de 14 de septiembre.

El artículo 29 de dicha ley dispone que la aprobación definitiva del proyecto, anteproyecto o documento similar de obras hidráulicas declaradas de interés de la comunidad autónoma llevará implícita la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y de la adquisición de derechos, a fines de expropiación forzosa y ocupación temporal, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación correspondiente.

El 6 de octubre de 2010 se publicó el Decreto 164/2010, de 23 de septiembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras de ampliación y modernización de la estación depuradora de aguas residuales del Lagares, Vigo (Pontevedra) (expediente OH.336.889). En consecuencia, el procedimiento expropiatorio se regirá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 1957.

En el procedimiento expropiatorio, la sociedad estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A. ostentará la condición de entidad beneficiaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 132.4 del texto refundido de la Ley de aguas, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio.

Conforme a lo anterior, en virtud de las atribuciones conferidas, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 98 de la Ley de expropiación forzosa y atendiendo a lo señalado en las reglas 2ª y 3ª de su artículo 52,

RESUELVO:

Convocar a los titulares de los bienes y/o derechos afectados por el procedimiento expropiatorio derivado de la ejecución de las obras del proyecto modificado de ampliación y modernización de la estación depuradora de aguas residuales del Lagares, Vigo (Pontevedra), conforme se les notificará en las correspondientes cédulas individuales y por anuncios en el Diario Oficial de Galicia, en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra y en los diarios La Voz de Galicia y Faro de Vigo, para que, sin perjuicio de trasladarse al lugar de los terrenos, si se considerase necesario, asistan al levantamiento de las correspondientes actas previas a la ocupación y de ocupación definitivas en el lugar, fecha y horas que a continuación se indican:

Lugar: Complejo Polideportivo de Samil, ubicado en la avda. de Samil, s/n,Vigo (Pontevedra).

Fecha: 26.11.2015.

Hora: de 10.00 a 12.00 horas.

A estos efectos se indica que, levantada el acta previa a la ocupación, se ofrecerá a los afectados, con carácter previo al levantamiento del acta de ocupación definitiva, la percepción del importe correspondiente al depósito previo a la ocupación y a los perjuicios por la rápida ocupación. En este sentido, en el supuesto de que se renunciase a la percepción de tal cuantía o en los casos de no comparecencia del convocado, se procederá a su consignación en la Caja General de Depósitos de la Xunta de Galicia, consignación que habilitará la formulación del acta de ocupación y cuya realización será comunicada, en cualquier caso, a los correspondientes afectados.

A dicho acto deberán acudir los titulares afectados personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, documento nacional de identidad y el último recibo de pago del impuesto sobre bienes inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, si lo estiman oportuno y a su costa, de sus peritos y/o notarios.

La relación de bienes y derechos afectados fue publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 62, de 1 de abril de 2015, en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra núm. 67, de 10 de abril de 2015, y en los diarios La Voz de Galicia y El Faro de Vigo, de 10 de abril de 2015; pudiendo haber sido examinada dicha relación, junto con los planos parcelarios en las oficinas del Servicio Territorial de Augas de Galicia de la Zona Hidrográfica de Galicia-Sur (calle San Salvador, 2-4º, 36201 Vigo), del Área Técnica de Augas de Galicia (c/ Doctor Maceira, 18, bajo, 15706 Santiago de Compostela), de la sociedad estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A. (c/ Colón, 21-3º, 36201 Vigo) y del Ayuntamiento de Vigo (plaza del Rey, s/n), así como en la página web de Augas de Galicia.

La relación de titulares con los bienes y derechos afectados así como el plano parcelario correspondiente estarán expuestos en el Ayuntamiento de Vigo (plaza del Rey, s/n), en el Servicio Territorial de Augas de Galicia de la Zona Hidrográfica de Galicia-Sur (calle San Salvador, 2-4º, 36201 Vigo), en los servicios centrales de Augas de Galicia en Santiago de Compostela (plaza de Camilo Díaz Baliño, 7-9, 15781 Santiago de Compostela), así como en las oficinas en Vigo de la entidad beneficiaria del procedimiento expropiatorio: la sociedad estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A. (calle Colón, 21-3º, Vigo).

Conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de expropiación forzosa, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación y de ocupación definitivas, los interesados podrán formular, por escrito, las alegaciones a únicos efectos de subsanar posibles errores que se produjeran al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, dirigiéndolas a la Secretaría General de Augas de Galicia (plaza de Camilo Díaz Baliño, 7-9, 15781 Santiago de Compostela).

La publicación de esta resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, servirá como notificación a los posibles interesados que no pudieran ser identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados de que el pago se hará precisamente a los que figuren como propietarios de los bienes o titulares de los derechos expropiados, no admitiéndose representación sino por medio de poder debidamente autorizado (notarial o consular), ya sea general o particular para este caso, y que deberán identificarse con el documento nacional de identidad.

Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2015

Gonzalo Mosqueira Martínez
Director de Augas de Galicia