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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Jueves, 5 de noviembre de 2015 Pág. 42322

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2015 por la que se convoca una jornada formativa sobre el control de la avispa velutina, cofinanciada con el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del programa operativo Fondo Social Europeo 2007-2013 de Galicia.

El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realicen alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin la protección de personas, de los bienes y del ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley, este personal se organizará en grupos operativos.

Por Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga) donde se establece la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia, derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.

Dentro de las actividades programadas para el año 2015, y conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se anuncia la convocatoria de una jornada formativa sobre el control de la avispa velutina, conforme a las siguientes bases:

1. Datos de la actividad:

Tipo

Jornada

Denominación

Jornada formativa sobre el control de la avispa velutina

Modalidad

Presencial

Ediciones

1

Horas lectivas

4

Plazas por edición

80

2. Objetivos y contenido:

Objetivos: adquirir la formación necesaria para conocer como actuar en el control de los nidos de avispa velutina.

Contenido:

1º. La avispa velutina: aspectos biológicos y técnicos de interés práctico.

2º. Métodos de vigilancia y control aplicados en el protocolo de actuación en Galicia.

3º. Experiencias prácticas de los grupos de emergencias supramunicipales.

4º. Repercusión de la avispa velutina en la salud.

3. Destinatarios/as y requisitos de participación:

a) Destinatarios/as:

• Personal voluntario de agrupaciones de voluntarios de protección civil.

• Personal de los servicios de extinción de incendios y salvamento (bomberas/os municipales y de consorcio).

• Miembros de los grupos de emergencia supramunicipales (GES).

• Profesionales de los servicios municipales de protección civil y emergencias.

Este personal forma parte del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia (artículos 43 y 44 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia).

b) Requisitos de participación: los/las solicitantes que sean voluntarios/as de protección civil deben haber superado con anterioridad el curso básico de protección civil, y tendrán preferencia los/las que lo hicieron en el año 2014 o anteriores.

4. Desarrollo de la actividad:

Lugar: Agasp (avda. de la Cultura, s/n, A Estrada, Pontevedra).

Fecha: 16 de noviembre.

Horario: mañana.

Uniformidad: es obligatorio asistir al curso con el uniforme de trabajo. Las personas que incumplan esta norma podrán ser dadas de baja en la actividad.

5. Inscripción:

a) El personal que desee participar en el curso convocado en esta resolución deberá inscribirse en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.es.

No se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

b) Con carácter previo a la inscripción es necesario darse de alta como usuario de la página web de la Agasp. En esta alta previa es imprescindible facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) El plazo de inscripción es de 5 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

La inscripción podrá realizarse hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a éste mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con suficiente antelación para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 12, 886 20 61 37 y 886 20 61 38, del fax 886 20 61 23 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

e) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

6. Criterios de selección del alumnado participante:

Los criterios de selección son los siguientes y en el orden indicado:

1º. Las plazas se distribuirán entre los colectivos destinatarios del curso de acuerdo con la tabla siguiente:

Colectivo

Núm. de plazas

Personal voluntario de agrupaciones de voluntarios de protección civil

25

Personal de los servicios de extinción de incendios y salvamento (bomberas/os municipales y de consorcio)

22

Miembros de los grupos de emergencia supramunicipales (GES)

22

Profesionales de los servicios municipales de protección civil y emergencias

11

En el caso de que no hubiera suficientes solicitantes de alguno de los colectivos mencionados que cumplan los requisitos para cubrir el número de plazas asignado, se completará la selección con solicitantes de los otros colectivos que son destinatarios del curso que cumplan los requisitos.

2º. Dentro de los colectivos destinatarios del curso tienen preferencia las personas que estén desempleadas.

3º. Dentro de los colectivos destinatarios del curso tienen preferencia en la selección las personas de mayor rango jerárquico, si las hubiera.

4º. En la selección dentro de cada uno de los colectivos destinatarios del curso se reservará el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. Si no hubiese suficientes solicitudes de participación de mujeres, estas plazas acrecentarán las del turno general.

5º. Dentro del colectivo de voluntarios de protección civil tienen preferencia las personas con más antigüedad como voluntarias de protección civil.

6º. Si después de aplicar los criterios anteriores hubiera empate, tendrán preferencia las personas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años.

7. Acreditación de la condición de desempleado/a:

1º. Acreditación de la condición de desempleado/a:

La condición de desempleado/a deberá acreditarse presentando la tarjeta del paro debidamente actualizada.

2º. Forma y plazo de presentación:

Los/las solicitantes tienen hasta la finalización del plazo de inscripción para presentar la documentación que acredite que están en situación de desempleo y que cumplen los requisitos de acceso. Esta documentación deberá presentarse por correo electrónico (formacion.emerxencias.agasp@xunta.es).

La documentación presentada fuera de plazo no será tenida en cuenta en el proceso de selección para las diferentes actividades formativas.

8. Publicación de las relaciones del personal seleccionado:

La Agasp publicará en su página web, http://agasp.xunta.es, una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

Las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que hayan comunicado su imposibilidad de asistencia con, cuando menos, 48 horas de antelación al comienzo de ésta. Dicha renuncia deberá comunicarse por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.es o por fax al número 886 20 61 23.

En otro caso serán excluidas automáticamente de la selección para las diez siguientes actividades que se convoquen, para las que reúnan los requisitos exigidos de participación (artículos 18 y 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp).

9. Derechos y deberes del alumnado participante:

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por la Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

10. Faltas de asistencia:

El Reglamento de régimen interior de la Agasp, mencionado en la base núm. 8 de esta convocatoria, regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:

«1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente, penalizándose de forma disciplinaria, en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto, y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y solo en los casos en que la inasistencia a las clases estuviese motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. No obstante, aunque las ausencias acumuladas no llegasen al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas que se van a recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de estas y el comportamiento y actitud de la/del alumna/o a lo largo del curso».

11. Certificado de asistencia:

Al finalizar la actividad se les entregará un certificado de asistencia a aquellas personas que acrediten su participación continuada.

12. Financiación de la actividad:

Esta actividad es cofinanciada en un 80 % por el Fondo Social Europeo dentro del programa operativo Fondo Social Europeo de Galicia 2007-2013, en el eje 3, tema prioritario 72.

13. Facultades de la Agasp:

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir el curso, ampliar nuevas ediciones o suspenderlo temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

A Estrada, 3 de noviembre de 2015

Luis Menor Pérez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública