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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Martes, 3 de noviembre de 2015 Pág. 42120

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda

ANUNCIO de 20 de octubre de 2015, de la Dirección General de Política Financiera y Tesoro, por el que se emplaza al interesado para ser notificado por comparecencia en el expediente derivado de la Resolución de 3 de junio de 2015.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, después de intentar la notificación y siendo devuelta por dos veces por el servicio de Correos, se emplaza al interesado que se señala en el anexo para ser notificado por comparecencia.

La comparecencia deberá efectuarse en el plazo máximo de 10 días contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio, en la sede de esta dirección general (Consellería de Facenda), sita en el Edificio Administrativo San Caetano, bloque 3, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña), en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.

Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida desde el día siguiente.

Este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, aunque la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado (TEU del BOE), por lo que los plazos se computarán desde esa publicación.

Santiago de Compostela, 20 de octubre de 2015

David Cabañó Fernández
Director general de Política Financiera y Tesoro

ANEXO

Expediente: Resolución de 3 de junio de 2015, de la Dirección General de Política Financiera y Tesoro.

Interesada: Géneros de Punto Montoto, S.A. (en liquidación).

Acto notificado: resolución por la que se declara la existencia de un crédito a favor de la Tesorería de la Comunidad Autónoma contra la entidad mercantil Géneros de Punto Montoto, S.A. (en liquidación) y el inicio del procedimiento para su reclamación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 284/1994, de 15 de septiembre, que regula la concesión de avales del Igape.