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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Viernes, 16 de octubre de 2015 Pág. 40343

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (214/2014).

ETJ ejecución de títulos judiciales 214/2014

Procedimiento origen: despido/ceses en general 418/2014

Sobre despido

Demandante: Claudia Castro Pozo

Demandados: Elena del Carmen Beltrán Molina, Fondo de Garantía Salarial

Abogado/a: Fogasa

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 214/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Claudia Castro Pozo contra la empresa Elena del Carmen Beltrán Molina sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto el 22 de septiembre de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del decreto:

«Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada Elena del Carmen Beltrán Molina en situación de insolvencia total por importe de 959,81 euros en concepto de principal, más otros 95,98 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

d) Llevar el original al libro de decretos y dejar testimonio en las presentes actuaciones.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3 abierta en el Banco Santander, cuenta número 5076 0000 64 0214 14. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá ingresarse en la cuenta número 000493569920005001274, y en el campo “concepto” deberá indicar el número de cuenta 5076 0000 64 0214 14. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.

El/la secretario/a judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Elena del Carmen Beltrán Molina, expido el presente.

Santiago de Compostela, 22 de septiembre de 2015

La secretaria judicial