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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Miércoles, 14 de octubre de 2015 Pág. 39864

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Cambados

EDICTO (555/2014).

Benita Mª Gándara Valije, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Cambados, hace saber que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, por el presente se emplaza a Marela Ledesma Navarro a fin de que en el plazo de veinte días conteste a la demanda, bajo apercibimiento de que:

1. Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la LEC).

2. La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículo 750 de la LEC).

Si careciera de medios económicos suficientes para litigar, podrá solicitar el reconocimiento de asistencia jurídica gratuita e interesar la designación de abogado y procurador de oficio, debiendo efectuarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

3. Debe comunicar a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la LEC).

Y como consecuencia del ignorado paradero de Marela Ledesma Navarro, se extiende la presente para que sirva de cédula de emplazamiento.

Cambados, 21 de septiembre de 2015

La secretaria judicial