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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Miércoles, 14 de octubre de 2015 Pág. 39880

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (39/2013).

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de compostela, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 39/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Antonio Casqueiro Davila contra Grupo Cetssa Seguridad, S.A., Sequor Seguridad, S.A., Proseman, S.L., Nordés Vigilancia, S.A., Unmano de Seguridad, S.A., Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación.

Secretaria judicial: Susana Varela Amboage.

Santiago de Compostela, 3 de julio de 2015.

El anterior escrito presentado por la parte actora únase y confiérase traslado del desistimiento a las demandadas a fin de que en el plazo de diez días manifiesten su conformidad o disconformidad con el mismo, haciéndoles saber que, si no realizan alegaciones en el plazo conferido, se entenderán conformes con el mismo.

Habiendo sido devuelta la notificación remitida a la codemandada Umano de Seguridad, S.A. con resultado negativo por ausente en reparto, notifíquese a ésta la presente resolución a medio de exhorto dirigido al juzgado decano de Madrid y, simultáneamente y para el caso de que resulte en ignorado paradero, a medio de edictos a insertar en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se suspenden los actos de conciliación y juicio previstos para el día 6 de julio de 2015.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Proseman, S.L. y Unmano de Seguridad, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 3 de julio de 2015

La secretaria judicial