Intentada la notificación de este acuerdo a través del servicio de Correos, y al no ser posible su práctica, según lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por medio de esta cédula se notifica a la empresa interesada el contenido de la resolución que figura en el anexo.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, que empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado, ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa. Asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un (1) mes, que empezará a contar a partir del día siguiente al de esta publicación, ante esta jefatura territorial, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
La interesada, durante ese plazo, podrá presentarse ante el Servicio de Trabajo y Economía Social de esta jefatura territorial, situada en la avenida de la Habana, 79, 7º piso, de Ourense, a los efectos de conocer íntegramente el contenido de la resolución.
Ourense, 14 de septiembre de 2015
José Selas Souto
Jefe territorial de Ourense
ANEXO
Expediente: TR345B 2008/225-3.
Nombre: Colmenero e Hijos, S.C.
NIF/CIF: G32365637.
Última dirección conocida: calle Ervedelo, nº 31 ent. (Asesoría Acio), 32003 Ourense.
Hecho imputado: no mantener en su plantilla fija a las personas trabajadoras subvencionadas al amparo de este programa durante un período mínimo de tres (3) años.
Precepto infringido: artículo 14.5 de la Orden de 19 de mayo de 2008.
Contenido de la resolución: acuerdo de procedencia de reintegro de la ayuda.
Fecha de la resolución: 3 de septiembre de 2015.